Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 14 de junio de 2012 pronunció la sentencia número 616/2012, dictada en el procedimiento común nº 4482/2008, interpuesto por Bernardo Diz Méndez, sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Bernardo Diz Méndez contra la Orden de 16.5.2008 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes por la que se dió aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal de Vigo, del que anulamos: 1) La clasificación como suelo urbanizable de la finca del actor (nº 29 de la calle de las Chozas), declarando que procede que sea clasificada como suelo urbano consolidado, con la ordenación que corresponda; y 2) La ordenación del sector S-03-R. En lo demás desestimamos el recurso. No se hace imposición de costas.
Esta sentencia es susceptible del recurso ordinario de casación del artículo 86 de la LJCA de 1998, que habrá de prepararse por escrito a presentar en esta sala en el plazo de diez días.
Firme que sea la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia, junto con certificación y comunicación.
Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2012
María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo