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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42294

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 9 de noviembre de 2012 por la que se determinan los servicios mínimos dirigidos a garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 14 de noviembre de 2012.

El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce, como derecho fundamental de la persona, el derecho a la huelga.

El ejercicio de este derecho en la Administración y en las empresas, entidades e instituciones públicas o privadas que presten servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, en el ámbito y competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, está condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales fijados en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG nº 116, de 20 de junio), entre los que se encuentra la sanidad.

El ejercicio público de la prestación de la asistencia sanitaria no se puede ver afectado gravemente por el legítimo derecho del ejercicio de huelga, ya que aquel es considerado y reconocido prioritariamente en relación a este.

El artículo 3 del citado decreto faculta a los conselleiros competentes por razón de los servicios esenciales afectados para que, mediante orden y delante de cada situación de huelga, decidan el mínimo de actividad necesaria para asegurar el mantenimiento de tales servicios, así como para determinar el personal necesario para su prestación.

Las centrales sindicales Comisiones Obreras (CC.OO.), Unión General de Trabajadores (UGT), Confederación Intersindical Galega (CIG), Confederación General del Trabajo (CGT), Unión Sindical Obrera (USO), Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y Confederación Nacional del Trabajo (CNT) comunicaron la convocatoria de huelga general que afectará a todas las actividades desempeñadas por los trabajadores y trabajadoras de empresas privadas y por los empleados y empleadas del sector público, y que se desarrollará entre las 00.00 horas y las 24.00 horas del próximo 14 de noviembre de 2012. No obstante, en aquellas empresas y centros que tengan varias turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, y su finalización tendrá lugar una vez finalizado el último turno, aunque se prolongue después de las 24.00 horas del día 14 de noviembre. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo, pero que empiece antes de las 00.00 horas del día 14 de noviembre, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 14 de noviembre en la hora en que concluya ésta.

Una vez otorgada audiencia a los comités de huelga, la conselleira

DISPONE:

Artículo 1

La huelga que se desarrollará desde las 00.00 horas a las 24.00 horas del día 14 de noviembre de 2012, y que afectará a todas las actividades desempeñadas por los trabajadores y trabajadoras de empresas privadas y por los empleados y empleadas del sector público, deberá entenderse condicionada al mantenimiento de los servicios mínimos, según los criterios que se disponen en esta orden.

Los servicios mínimos que se fijan resultan totalmente imprescindibles para mantener la adecuada cobertura de los servicios esenciales de asistencia sanitaria. Tales mínimos responden a la necesidad de compatibilizar el respecto ineludible al ejercicio del derecho a la huelga con la atención a la población que, bajo ningún concepto, puede quedar desasistida por las características del servicio dispensado.

Y por eso, se mantienen los servicios mínimos necesarios para garantizar la asistencia imprescindible a pacientes hospitalizados, así como la atención urgente y permanente y el transporte sanitario que no pueden aplazarse sin consecuencias negativas para la salud.

Se establecen los siguientes criterios rectores en la determinación del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales en los centros de trabajo y en las instituciones afectadas:

– Personal mínimo necesario para la cobertura de la atención urgente y permanente y las emergencias del 061.

– En el Centro de Transfusión de Galicia los servicios necesarios para el mantenimiento del abastecimiento sanguíneo en toda la comunidad autónoma.

– En los centros e instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud y centros e instituciones sanitarias privadas:

a) Personal facultativo dependiente de atención especializada:

1. Cobertura del 100 % de la actividad urgente en los siguientes ámbitos:

– Servicios de urgencias y guardias médicas.

– Quirófanos urgentes para la atención de los usuarios que requieran intervención quirúrgica inaplazable.

– Paritorios.

2. Cobertura del 100 % de la actividad en las siguientes áreas:

– Unidades de reanimación.

– Unidades de cuidados intensivos, de adultos o pediátricas y unidades coronarias, en su caso.

– Área de diálisis.

– Área de tratamientos oncológicos (radioterapia, hospital de día).

3. Cobertura de la actividad quirúrgica en los pacientes, tanto hospitalizados como ambulatorios, con respecto a las patologías que pongan en peligro la vida de los mismos o agraven su estado de salud, en especial procesos neoplásicos.

4. En el área de hospitalización se establecerá el número necesario para garantizar las visitas médicas, la atención indefectible de los pacientes hospitalizados y las altas clínicas.

5. En el ámbito de consulta, así como de las interconsultas de los pacientes hospitalizados que lo requieran, se atenderán las consideradas como urgentes o preferentes, a criterio del personal facultativo. Asimismo, se atenderán las consultas inaplazables de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y los pacientes desplazados.

6. Se garantizará, asimismo, la realización de determinaciones y pruebas complementarias urgentes y las que se refieren a los pacientes hospitalizados que, a criterio del personal facultativo, sean necesarias e inaplazables, entendiéndose incluidas las de los pacientes con neoplasias malignas.

7. Se garantizará la dispensación de sangre, de medicamentos y de productos sanitarios que sea necesaria a criterio del personal facultativo.

8. Se garantizará la atención necesaria a pacientes subsidiarios de hospitalización a domicilio y cuidados paliativos.

b) Personal facultativo dependiente de atención primaria: (personal médico, pediatra y odontólogo).

1. Cobertura del 100 % de la actividad urgente.

2. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención prestarán la asistencia urgente o inaplazable de esa unidad cualquiera que sea la modalidad de la prestación:

– En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.

– En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.

– En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.

– En centros con más de trece profesionales: 4 efectivos.

c) Personal sanitario no facultativo de atención especializada:

1. Cobertura del 100 % de la actividad urgente en un triple ámbito:

– Servicios de urgencias.

– Quirófanos urgentes (generales y de tocología) para la atención de los usuarios que requieran intervenciones quirúrgicas inaplazables en el ingreso.

– Atención a los paritorios.

2. En el área de hospitalización se establecerá el número necesario para garantizar los cuidados de los pacientes hospitalizados, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

3. En el ámbito de consultas se establecerán mínimos en un doble ámbito:

– Apoyo a la atención de las consultas especializadas consideradas como urgentes o preferentes.

– Asimismo, se atenderán las consultas inaplazables de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y los pacientes desplazados.

4. En el ámbito de los servicios centrales se garantizará la realización de las pruebas complementarias urgentes y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, a criterio del personal facultativo, sean necesarias e inaplazables, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

5. Se garantizará la dispensación de medicamentos, hemoderivados y productos sanitarios, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

6. Unidades especiales: el número necesario para garantizar el cuidado de los pacientes, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

d) Personal sanitario no facultativo de atención primaria:

1. Cobertura del 100 % de la actividad urgente.

2. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención prestarán la asistencia urgente e inaplazable de esa unidad cualquiera que sea la modalidad de la prestación:

– En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.

– En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.

– En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.

– En centros con más de trece profesionales: 4 efectivos.

e) Personal de gestión y servicios de atención especializada:

1. Urgencias: el 100 % del personal.

2. Área de hospitalización: un número de efectivos equivalente al de domingos o festivos.

3. Cita previa: un número de efectivos que garanticen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de un efectivo por centro y hasta un máximo del 50 % de los efectivos del turno.

4. Atención al paciente: un número de efectivos que garanticen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de 1 por centro y hasta un máximo del 50 % de los efectivos del turno.

5. Servicios de mantenimiento: un número equivalente al de domingos o festivos.

6. Servicio de lavandería y lencería: un número equivalente al de domingos y festivos o hasta el 50 % de los efectivos del turno.

7. Limpieza: hasta el 50 % de los efectivos del turno.

8. Hostelería: un número mínimo igual a los domingos o festivos, o bien un 60 % de los efectivos del turno, en función del tamaño de las prestaciones dependientes de hostelería en cada centro.

Con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento del servicio se servirá, con carácter general, un único menú a los pacientes que no requieran dieta médica especial.

9. Conductores: el mismo número de efectivos que los domingos o festivos, con un mínimo en todo caso de un efectivo.

10. Servicios administrativos:

– Información: el número de profesionales necesarios para garantizar la debida información a los pacientes

– Personal: el número imprescindible para garantizar las incidencias y gestiones derivadas de la huelga y, como máximo, hasta el 40 % de los efectivos del turnos.

– Suministros: el número imprescindible para garantizar los pedidos urgentes y hasta un máximo del 25 % de los efectivos del turno.

– Almacén: un número imprescindible para la gestión del almacén y hasta un máximo del 25 % de los efectivos del turno.

– Contabilidad: un número imprescindible para las gestiones urgentes y hasta un 25 % de los efectivos del turno.

f) Personal de gestión y servicios de atención primaria:

1. Urgencias: el 100 % del personal.

2. En centros con cuatro o menos efectivos de personal facultativo: 1 efectivo.

– En centros con cinco o más efectivos de personal facultativo: 1 efectivo por centro y, en caso de tener varias plantas, uno más por planta.

g) Otras áreas de trabajo o servicios: se establecerá con carácter general un número equivalente a los domingos o festivos.

h) Personal de empresas privadas que realizan tareas de servicios contratados con el Servicio Gallego de Salud: se aplicarán los criterios establecidos en los puntos anteriores para la correspondiente área de actividad. En el caso de que alguna empresa actúe en un área de trabajo que no se corresponda con las de los puntos anteriores, se establecerá un número de efectivos equivalente al de los domingos o festivos.

– Transporte sanitario.

Se establecen los siguientes criterios rectores en la determinación del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales:

– Una cobertura del 100 % respecto de la atención urgente prestada a través de las ambulancias asistenciales del 061.

– En el ámbito del transporte hospitalario, el 100 % del transporte secundario urgente.

– El 100 % de los servicios de transporte para enfermos que requieran tratamientos ambulatorios continuados de oncología y diálisis. Para el resto de pacientes, los vehículos necesarios para los casos en los que necesiten camilla o su estado general así lo aconseje, a juicio del personal facultativo prescriptor. El número de vehículos no será inferior al 50 % de los que hacen la cobertura habitual.

Artículo 2

La determinación de los profesionales necesarios con base en los criterios anteriores la hará la dirección, debiendo estar su fijación adecuadamente motivada, mediante la designación nominal e individual.

Las/los profesionales necesarios para la cobertura de los servicios mínimos deberán ser publicados en los tablones de anuncios del centro, con antelación al comienzo de la huelga.

La/el profesional designado como servicio mínimo que desee ejercer su derecho de huelga, podrá instar la sustitución de su designación por otra/o profesional que voluntariamente acepte el cambio de manera expresa.

La justificación debe constar en el expediente de determinación de mínimos de la institución, y exteriorizarse adecuadamente para general conocimiento del personal destinatario. Deberá quedar constancia en el expediente de los factores o criterios cuya ponderación conduce a determinar las prestaciones mínimas.

Con tales premisas, en el anexo de esta resolución se recoge el número de efectivos de servicios mínimos para cubrir la jornada de huelga.

Artículo 3

Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios mínimos determinados en el anexo, así como los expuestos en los tablones de anuncios de cada centro, serán considerados ilegales a los efectos de lo que establece el artículo 16.1 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo (BOE nº 58, de 9 de marzo).

Artículo 4

Lo que se dispone en los artículos anteriores no significará ningún tipo de limitación de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en esta situación, ni tampoco sobre la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Artículo 5

Sin prejuicio de lo que establecen los artículos anteriores, se deberán observar las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los usuarios de los establecimientos sanitarios. Los altercados o incidentes que se produzcan serán objeto de sanción con base en las normas vigentes.

Artículo 6

Las empresas privadas que prestan servicios en el ámbito de la sanidad de Galicia deberán fijar el personal necesario para garantizar la prestación de reconocida e inaplazable necesidad de acuerdo con los criterios y demás disposiciones determinados en esta orden.

Disposición final

La presente orden producirá efectos y entrará en vigor el mismo día de su publicación en Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 2012

Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad

ANEXO I
Provincia de A Coruña

Estructura de Gestión Integrada de Santiago de Compostela.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

12

11

5

Área quirúrgica

17

11

11

Área clínica/Hospitalización

115

44

41

SS. CC.

25

12

9

Personal DUE

Urgencias

15

16

13

Área quirúrgica

38

8

4

Área clínica/Hospitalización

130

117

89

SS. CC.

49

14

4

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

225

124

80

Técnico especialista

46

24

11

Celadores/as

56

48

30

Personal administrativo

38

3

4

Mantenimiento

Mecánico

2

2

1

Electricista

2

2

1

Calefactor

2

2

1

Fontanero

2

1

0

Personal informático

2

2

2

Telefonista

2

2

1

Hostelería

Cocinero/a

6

3

0

Pinche

44

35

0

Conductor/a

1

1

0

Lavandería

Lavandero/a

9

0

0

Limpieza (contratado)

68

38

7

Mantenimiento (contratado)

3

3

3

Archivo (contratado)

5

1

0

Almacén (contratado)

4

2

1

Seguridad (contratado)

6

5

4

Transporte sanitario (contratado)

3

4

1

Hospital da Barbanza.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4

4

3

Área quirúrgica

9

9

9

Clínica/Hospitalización

3

2

2

SS. CC.

4

3

2

Personal DUE

Urgencias

5

5

4

Área quirúrgica

4

4

3

Área clínica/Hospitalización

9

7

4

SS. CC.

4

4

0

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

17

13

7

Técnico especialista

3

2

2

Seguridad (contratado)

1

1

1

Personal administrativo

11

4

1

Limpieza (contratado)

4

3

1

Hostelería (contratado)

4

4

0

Mantenimiento y electromedicina (contratado)

2

2

2

Lavandería (contratado)

1

0

0

Transporte sanitario urgente (contratado)

2

2

1

Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

135

46

22

Personal de enfermería

99

33

19

Personal de servicios generales

59

15

3

Auxiliar administrativo

11

1

0

Celadores/as

1

17

16

Limpieza (contratado)

12

25

5

Seguridad (contratado)

1

1

0

Transporte sanitario (contratado)

9

0

0

Estructura de Gestión Integrada de A Coruña.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario Universitario A Coruña.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

13

7

6

Área quirúrgica

54

35

35

Área clínica/Hospitalización

44

20

20

SS. CC.

20

10

10

Personal DUE

Urgencias

21

20

19

Área quirúrgica

11

17

16

Área clínica/Hospitalización

150

145

125

SS. CC.

20

9

7

Matrona

6

4

4

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

228

138

98

Técnico especialista

29

19

9

Celador/a

52

48

27

Personal administrativo

38

9

3

Trabajo social

1

0

0

Mantenimiento

7

7

7

Telefonista

1

1

1

Planchador/a

12

12

0

Hostelería

Cocinero/a

7

7

0

Pinche

60

60

2

Conductor/a

1

1

0

Lavandería

Lavandero/a

9

9

0

Limpieza (contratado)

65

43

5

Mantenimiento (contrata)

2

2

2

Archivo de historias clínicas (contratado)

2

2

2

Servicio de almacén (contratado)

3

1

0

Servicio de transporte de ropa (contratado)

3

0

0

Transporte sanitario (contratado)

5

6

2

Electromedicina (contrata)

1

1

1

Mensajería (contratado)

1

1

1

Transporte intercentros (contratado)

1

1

1

Seguridad (contratado)

5

4

3

Traslado de comida (contratado)

2

2

0

Hospital Virxe da Xunqueira.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

Área quirúrgica

8

5

5

Área clínica/Hospitalización

4

2

2

SS. CC.

4

1

1

Personal DUE

Urgencias

4

4

3

Área quirúrgica

3

3

2

Área clínica/Hospitalización

7

6

4

Paritorio

1

1

1

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

14

9

7

Técnico especialista

2

2

2

Seguridad (contratado)

1

1

1

Personal administrativo

7

2

1

Mantenimiento (contratado)

1

1

1 (loc)

Almacén y archivo (contratado)

2

2

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

1

Pinche

1

1

1

Camarero/a

1

1

0

Transporte sanitario (contratado)

100 %

100 %

100 %

Limpieza (contratado)

3

2

1

Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

129

65

18

Personal de enfermería

95

47

17

Limpieza (contratado)

18

41

0

Personal de servicios generales

68

27

3

Auxiliar administrativo

16

0

0

Celador/a

4

14

14

Mantenimiento (contratado)

1

1

1

Seguridad (contratado)

1

2

1

Transporte sanitario PAC (contratado)

0

12

12

Transporte muestras (contratado)

11

0

0

Estructura de Gestión Integrada de Ferrol.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario Arquitecto Marcide-Novoa Santos.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

5

5

4

Área quirúrgica

20

12

12

Área clínica/Hospitalización

25

9

9

SS. CC.

13

4

4

Personal DUE

Urgencias

9

12

9

Área quirúrgica

15

10

10

Área clínica/Hospitalización

37

19

18

SS. CC.

28

2

2

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

81

40

25

Técnico especialista

22

4

4

Celador/a

24

16

11

Personal administrativo

29

2

1

Mantenimiento

4

4

4

Telefonista

1

1

1

Hostelería

Cocinero/a

2

2

0

Pinche

18

18

1

Limpiador/a

2

3

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Lavandera/o

5

0

0

Planchadora

5

0

0

Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Médico de familia

40

11

0

Médicos PAC

0

12

11

Pediatra

15

4

0

Odontólogo

1

0

0

Farmacéutico

1

0

0

Personal de enfermería

47

11

0

Personal de enfermería (PAC)

0

12

9

Otro personal sanitario

1

0

0

Personal no sanitario

39

12

0

Celador/a PAC

0

9

9

Empresas contratadas. Estructura de Gestión Integrada de Ferrol.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Limpieza centros de salud (contratado)

50 %

50 %

50 %

Transporte sanitario (contratado)

3

3

2

Vigilancia y seguridad (contratado) atención primaria

2

2

0

Vigilancia y seguridad (contratado) centros hospitalarios

3

3

6

Mantenimiento Hospital Naval (contratado)

1

1

1

Mantenimiento informático (contratado)

1

1

0

Dietética (contratado)

1

1

1

Hel Desk a usuarios de sistemas de información (contratado)

1

1

0

Archivo (contratado)

1

1

1

Transporte dietas alimenticias (contratado)

1

1

1

Transporte de muestras clínicas (contratado)

4

0

0

Transporte de material e correspondencia (contratado)

2

0

0

Comedor PAC

0

9

0

Transporte profesionales de PAC

0

9

9

Limpieza centros hospitalarios (contratado)

29

21

2

DDD

1

0

0

Transporte programado de la Dirección Provincial de A Coruña.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

A Coruña

7

3

0

Santiago de Compostela

7

3

0

Ferrol

5

5

0

Barbanza

6

6

0

Fisterra

4

3

0

Provincia de Lugo

Complejo Hospitalario de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

9

10

7

Área quirúrgica

30

16

15

Área clínica/Hospitalización

38

10

10

SS. CC.

21

8

8

Matronas

Matronas

3

2

3

Personal DUE

Urgencias

11

11

10

Área quirúrgica

8

8

8

Área clínica/Hospitalización

79

58

53

SS. CC.

19

4

1

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

109

76

51

Técnico especialista

20

13

7

Celador/a

34

31

17

Personal administrativo

31

6

2

Mantenimiento

4

4

4

Telefonista

1

1

1

Hostelería

Cocinero/a

3

3

0

Pinche de cocina

34

27

0

Pinche de lencería

3

3

0

Conductor

1

0

0

Limpieza (contratado)

27

34

2

Archivo y servicio de almacén (contratado)

18

Dietética (contratado)

3

Mantenimiento (contratado)

9

Transporte programado y urgente (contratado)

6

Transporte sanitario (contratado)

11

Seguridad (contratado)

14

Hospital Comarcal de Monforte.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4 (1 loc.)

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

Área quirúrgica

9

9

9

Área clínica/Hospitalización

4

3

3

SS. CC.

6

6

6

Personal DUE

Urgencias

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

Área quirúrgica

2

2

2

Área clínica/Hospitalización

10

10

6

SS. CC./REA

6

1

1

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

15

12

8

Técnico especialista

4

5

2

Celador/a

8

5

3

Personal administrativo

10

1

1

Mantenimiento

2

2

2

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

5

5

0

Planchador/a

2

0

0

Lavandería

Lavandero/a

2

0

0

Matrona

1

1

1

Archivo historias clínicas (contratado)

2

1

0

Seguridad (contratado)

1

1

1

Limpieza (contratado)

9

2

1

Transporte sanitario (contratado)

2

2

2

Hospital Comarcal da Costa de Burela.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

Área quirúrgica

11

11

11

Área clínica/Hospitalización

5

3

3

SS. CC.

5

2

2

Personal DUE

Urgencias

3

3

2

Área quirúrgica

4

2

1

Área clínica/Hospitalización

22

18

12

SS. CC.

2

0

0

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

22

17

19

Técnico especialista

6

3

2

Celador/a

8

6

2

Personal administrativo

15

2

1

Mantenimiento

2

2

2

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

4

4

0

Conductor/a

0

0

0

Lavandería

Lavandero/a

1

0

0

Limpieza (contratado)

7

6

1

Seguridad (contratado)

1

1

1

Lavandera (contratado)

1

0

0

Transporte sanitario (contratado)

3

3

2

Gerencia de Atención Primaria de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

140

36

25

Personal de enfermería

114

36

25

Personal de servicios generales

66

11

0

Auxiliar administrativo

22

0

0

Celador/a

9

19

19

Oficios

2

0

0

Transporte sanitario (contratado)

0

22

22

Transporte analíticas y paquetería (contratado)

12

0

0

Mantenimiento (contratado)

6

6

6

Limpieza (contratado)

4(1)

35

4(1)

(1) Un retén por área y un encargado

Transporte programado de la Dirección Provincial de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana/tarde

Lugo centro

20

Monforte

3

Burela

6

Provincia de Ourense

Estructura de Gestión Integrada de Ourense.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario de Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

8

7

5

Área quirúrgica

32

8+8

8+8

Área clínica/Hospitalización

58

10+1

9+2

SS.CC

44

10+3

9+4

Matrona 

2

2

2

Fisioterapeuta 

2

0

0

Personal DUE

Urgencias

10

10

8

Área quirúrgica

42

23

23

Área clínica/Hospitalización

66

51

30

SS.CC

22

16

15

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

128

91

72

Técnico especialista

21

12

7

Celador/a

 

52

40

25

Personal administrativo

Admisión y Apoyo Asistencial

32

8

2

Personal administrativo

Personal, Secretaría y Atención al Paciente

8

0

0

Mantenimiento

8

7

7

Telefonista 

2

2

2

Hostelería

Cocinero/a

5

5

0

Pinche

39

32

0

Conductor/a 

1

0

0

Lencería, limpieza, servicios 

7

1

1

Información, recepción 

4

3

0

Informática 

2

0

0

Limpieza (contratado)

37

25

3

Hospital Comarcal de O Barco de Valdeorras.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

2

2

Área quirúrgica

3

2

2

Área clínica/Hospitalización

9

7

7

SS. CC.

5

3

3

Personal DUE

Urgencias

2

2

2

Área quirúrgica

2

2

2

Área clínica/Hospitalización

8

8

7

SS. CC.

5

1

1

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

19

12

6

Técnico especialista

4

3

2

Celador/a

7

6

2

Personal administrativo

14

1

1

Mantenimiento

2

2

1

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

4

4

0

Limpieza (contratado)

5

5

1

Lavandería

Lavandera/o

3

0

0

Transporte sanitario (contratado)

3

2

2

Seguridad (contratado)

1

1

1

Hospital de Verín.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

Área quirúrgica

7

4

4

Área clínica/Hospitalización

5

5

5

SS. CC.

4

0

0

Personal DUE

Urgencias

2

2

3

Área quirúrgica

2

2

2

Área clínica/Hospitalización

6

4

3

SS. CC.

1

0

0

Matrona

1

1

1

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

6

6

5

Técnico especialista

2

2

2

Celador/a

3

2

1

Personal administrativo

6

2

1

Limpieza (contratado)

5

3

1

Mantenimiento (contratado)

1

1

1

Hostelería (contratado)

5

3

0

Seguridad (contratado)

1

1

1

Transporte sanitario (contratado)

3

2

2

Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Médico de familia

113

39

24

Pediatra de atención primaria

16

3

0

Odontólogo

12

0

0

Personal de enfermería

110

32

17

Otro personal sanitario (A.E.)

12

0

0

Personal de gestión y servicios: citación

78

10

0

Personal de gestión e servicios: servicios administrativos y mantenimiento

13

0

0

Celador/a de PAC

0

15

15

Limpieza (contratado)

14

11

0

Transporte personal PAC (contratado)

0

14

14

Servicio de almacén (contratado)

1

0

0

Transporte muestras (contratado)

8

0

0

Lavandería (contratado)

1

0

0

Manutención PAC (contratado)

0

0

30

Transporte programado de la Dirección Provincial de Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Ourense

9

7

Provincia de Pontevedra

Estructura de Gestión Integrada de Pontevedra.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario de Pontevedra.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

6

6

5

Área quirúrgica

37

13

13

Área clínica/Hospitalización

43

13

13

SS. CC.

33

8

8

Personal DUE

Urgencias

9

9

8

Área quirúrgica

21

9

6

Área clínica/Hospitalización

49

46

44

SS. CC.

34

16

8

Matrona

2

2

2

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

96

67

51

Técnico especialista

17

9

7

Celador/a

43

37

20

Personal administrativo

70

6

4

Mantenimiento

5

3

3

Telefonista

2

2

1

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

14

14

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Lavandero/a

7

0

0

Limpieza (contratado)

25

21

2

Hostelería (contratado)

12

12

0

Hospital de O Salnés.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4

4

2

Área quirúrgica

5

4

4

Área clínica/Hospitalización

5

2

2

SS.CC

3

2

2

Personal DUE

Urgencias

4

4

3

Área quirúrgica

2

2

2

Área clínica/Hospitalización

13

9

7

SS.CC

 0

0

0

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

14

11

8

Técnico especialista

3

3

2

Celador/a

 

4

4

3

Personal administrativo

 

10

3

2

Mantenimiento (contratado) 

1

1

Hostelería (contratado)

 5

4

0

Limpieza (contratado)

6

6

1

Información y atención telefónica (contratado)

1

1

0

Seguridad (contratado)

1

1

1

Electromedicina (contratado)

1

1

1

Almacén y archivo (contratado)

2

2

0

Transporte sanitario (contratado)

2

2

2

Servicios Sanitarios de Atención Primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

80

30

11

Personal de enfermería

61

23

11

Personal de servicios generales

50

14

1

Auxiliar administrativo

5

0

0

Celador/a

0

8

8

Complejo Hospitalario Universitario de Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

13

13

8

Área quirúrgica

54

33

33

Área clínica/Hospitalización

39

17

17

SS. CC.

36

18

16

Matrona

4

4

4

Fisioterapeuta, logopeda e TO

8

2

0

Personal DUE

Urgencias

16

17

13

Área quirúrgica

31

18

13

Área clínica/Hospitalización

113

96

85

SS. CC.

30

5

4

Personal sanitario FP

Técnico cuidados auxiliar de enfermería

178

125

85

Técnico especialista

37

13

9

Celador/a

75

55

37

Personal administrativo

44

13

3

Mantenimiento

5

5

4

Telefonista

3

2

2

Información/ recepción Nicolás Peña

1

1

1

Hostelería

Cocinero

4

3

0

Pinche

37

31

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Incluye 9 planchadoras, 4 lavanderas, 1 encargada 1 gobernanta

15

1

0

Limpieza

1

0

1

Limpieza (contratado)

61

40

9

Hostelería (contratado)

26

25

1

Mantenimiento (contratado)

8

4+1 loc

3+1 loc

Vigilancia y seguridad (contratado)

5

5

4

Xerencia de Atención Primaria de Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

82

55

18

Personal de enfermería

79

51

15

Personal de servicios generales

42

21

0

Auxiliar administrativo

6

2

0

Celador/a

4

12

11

Conductor/a

0

2

2

Telefonista

0

1

1

Limpieza (contratado)

20

35

0

Traslado profesionales PAC (contratado)

0

9

9

Transporte de muestras (contratado)

9

0

0

Transporte programado da Dirección Provincial de Pontevedra.

Servicios mínimos

Ambulancias Pontevedra

15

Ambulancias Peregrina

15

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Especialista cardiología (cardiología intervencionista)

2

1

1 localizado

Personal DUE

2

2

2 localizado

Personal auxiliar de enfermería

1

1

1 localizado

Celador

1

1

0

Cirujano cardíaco (quirófano)

2

2

2 localizados

Personal DUE instrumentista

1

1

1 localizado

Personal DUE perfusionista

1

1

1 localizado

Personal DUE circulante

1

1

1 localizado

Personal auxiliar de enfermería

1

1

1 localizado

Celador

1

1

0

– Unidad de recuperación de cirugía cardíaca

Personal DUE

3

3

3

Personal auxiliar de enfermería

2

2

2

Celador

1

1

1

Esp. radiología (diagnóstico por imagen)

1

1

1 localizado

TER

1

1

1 localizado

PSX

1

1

0

Radiólogo

1

1

0

Esp. radiología (diagnóstico por imagen Meixoeiro)

1

1

0

TER

1

1

0

PSX

1

1

0

Esp. medicina nuclear (medicina nuclear)

1

1

0

DUE

2

1

1

TER

1

1

0

Auxiliar de enfermería

1

0

0

PSX

1

1

0

Radiofísica

2

1

0

TER

2

1

0

Radioterapia

3

2

0

DUE

2

2

0

TER

11

9

0

Auxiliar de enfermería

2

2

0

PSX

2

1

0

Estructura Administrativa

Administrativo

1

1

0

Técnico de RR HH

1

0

0

Auxiliar de almacén

1

0

0

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Esp. Medicina Nuclear (medicina nuclear)

1

0

0

DUE

1

0

0

TER

1

0

0

PSX

1

0

0

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Santiago.

Servicios mínimos

Mañana

Noche

Auxiliar administrativo

1

0

Radiofísico

1

0

CICLOTRÓN

Radiofarmacéutico

1

1

Técnico de laboratorio

0

2

Técnico de mantenimiento

0

1

Galaria centro itinerante (Unidad de resonancia móvil).

Servicios mínimos

Mañana

Noche

DUE

1

0

TER

1

0

Centro de Transfusión de Galicia.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Responsables Área

2

0

0

Hemodonación

7

12

0

Personal sanitario no facultativo

Control calidad

1

1

0

HLA

2

1

0

Criobiología

1

1

0

Procesamiento

2

1

1

Fraccionamiento

6

6

1

Hemodonación

8

20

0

Personal no sanitario

Administración

7

0

1

Promoción

1

0

0

Hemodonación

3

8

0

Personal contratas

Limpieza

2

1

0

Seguridad

2

1

1

Transporte sanitario

6 (1)

6 (1)

1 (1)

(1) Uno en turno de guardia

Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061.

Categoría/servicio

Servicios mínimos

Mañana

(8.00 a 15.00 h)

Tarde

(15.00 a 22.00 h)

Noche

(00 a 8 h)

(22 a 00 h)

Personal facultativo

Médico coordinador

6+1 (1)

6+1 (1)

3

Médicos asistencial

Base ambulancia

10

10

10

Médicos asistencial

Base helicóptero

2 (2)

2 (2)

Personal sanitario no facultativo

ATS/DUE de consulta sanitaria

1

1

1

ATS/DUE base ambulancia

10

10

10

ATS/DUE base helicóptero

2 (2)

2 (2)

Personal no sanitario

Tecnología

1

-

-

Recursos humanos

1

-

-

Área económico-financiera

4

-

-

Otros (Personal indirecto)

Central coordinación

Teleoperador

7 (3)

9

5 (4)

Locutor

3 (5)

5

2 (6)

Rede de transporte sanitario urgente

TTS (técnico transporte sanitario) Unidades 24 horas

204 (7)

TTS (técnico transporte sanitario) Unidades 12 horas

18 (8)

Pilotos helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense(2)

2

2

Copilotos helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense(2)

2

2

Mecánico helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense(2)

2

2

(1) A los 6 trabajadores en el turno de mañana hay que sumarle uno en horario de 10.00 a 16.00 horas. A los 6 trabajadores en el turno de tarde hay que sumarle uno en horario de 16.00 a 23.00 horas.

(2) Están operativos de orto a ocaso.

(3) A los 7 trabajadores en el turno de mañana hay que sumarle 2 en horario de 10.00 a 15.00 horas.

(4) A los 5 trabajadores en el turno de noche hay que sumarle:

2 en horario de 22.00 a 24.00 horas.

1 en horario de 22.00 a 02.00 horas.

(5) A los 3 trabajadores en el turno de mañana hay que sumarle:

1 en horario de 10.00 a 15.00 horas.

1 en horario de 11.00 a 15.00 horas.

(6) A los 2 trabajadores en el turno de noche hay que sumarle:

1 en horario de 22.00 a 23.00 horas.

1 en horario de 22.00 a 24.00 horas.

(7) 204 TTS las 24 horas de la jornada.

(8) 18 TTS en jornada de 12 horas.

Instituto Gallego de Oftalmología (Ingo).

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Hospital de Conxo

1

0

0

Centro: Policlínico Vigo, S.A. (Povisa).

Servicios mínimos

– Servicios de hostelería

Almacén

Dos almaceneros

Cocina

Personal de domingos

Camareras

Personal de domingos

Limpieza

Personal de domingos

Limpieza Nefrología

Personal habitual

Limpieza Urgencias-UCO

Personal habitual

Limpieza UVI-UDI

Personal habitual

Limpieza Clínica de Día

Personal habitual

Limpieza Quirófano

Personal habitual

–Enfermería

Plantas de Hospitalización

Personal de domingos

Quirófano e Postoperatorio

Personal de domingos

Consultas ambulatorias

Personal necesario para atender las consultas de pacientes oncológicos

Nefrología

Personal habitual

Hospital de Día de Quimioterapias

Personal habitual

Matronas

Personal habitual

Urgencias-UCO

Personal habitual

UVI-UDI-UMI

Personal habitual

Quemados

Personal habitual

HADO

Personal habitual

Clínica de día

Personal habitual

– Servicios centrales

Laboratorio

Personal de sábados

Anatomía patológica

Un técnico

Farmacia

Dos enfermeras en quimio y una auxiliar

Rehabilitación

Personal de domingos

Radiología general

Personal de domingos

Mamografías

Un técnico turno partido

Ecografías

Sin servicios mínimos

TAC

Un técnico de mañana y tarde

RMN

Un técnico de mañana y tarde

Radioterapia

Personal habitual

Medicina nuclear

Personal habitual

– Administrativos

Archivo

Un administrativo de mañana y tarde

UCAS

Un administrativo de mañana y tarde

1ª Planta

Un administrativo de mañana y uno de tarde

Recepción central

Un administrativo de mañana, uno de tarde y uno a turno partido

Urgencias

Personal habitual

Dirección General

Un administrativo

Personal

Dos administrativos

– Servicios generales

Mantenimiento

Personal de domingos + 1 electrónico

Control de visitas

Personal de domingos

Telefonistas

Personal de domingos

Informática

Un informático a turno partido

Microinformática

Un microinformático a turno partido

Ordenanzas

Sin servicios mínimos

– Servicios médicos

Plantas de hospitalización

Personal de sábados

Laboratorio

Personal de sábados

Anatomía patológica

Personal de sábados

Farmacia

Personal de sábados

Radiología general

Personal de sábados

Quirófano e Postoperatorio

Personal de domingos

Nefrología

Personal habitual

Urgencias-UCO

Personal habitual

UVI-UDI-UMI

Personal habitual

Quemados

Personal habitual

HADO

Personal habitual

Clínica de Día

Personal habitual

Radioterapia

Personal habitual

Medicina nuclear

Personal habitual

Consultas ambulatorias

Personal necesario para atender las consultas de pacientes oncológicos

Centro: Nuestra Señora de La Esperanza.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

14

10

3

Personal no sanitario

11

6

1

Centro: Instituto Policlínico La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

6

5

1

Personal sanitario no facultativo

24

22

5

Personal no sanitario

10

9

2

Centro: Centro Médico La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

Personal sanitario no facultativo

3

3

1

Personal no sanitario

3

2

0

Centro: Centro Asistencial La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

0

Personal sanitario no facultativo

2

2

0

Centro: Hospital Juan Cardona.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

10

5

3

Personal sanitario no facultativo

50

38

14

Personal no sanitario

22

12

1

Personal externo: 2 facultativos de tarde, 1 facultativo de noche e 1 facultativo de guardia.

Centro: Centro Médico Pintado.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

3

3

3

Personal sanitario no facultativo

3

3

3

Personal no sanitario

5

2

0

Centro: Instituto Médico Quirúrgico San Rafael (A Coruña).

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

3

2

Personal sanitario no facultativo

36

34

7

Personal no sanitario

12

9

1

Centro: Sanatorio Quirúrgico Modelo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

6

6

6

Personal sanitario no facultativo

46

41

18

Personal no sanitario

41

37

7

Centro: Polusa.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

5

5

Personal sanitario no facultativo

9

9

9

Personal no sanitario

4

4

4

Centro: Clínica Euroespes.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

0

0

Personal sanitario no facultativo

3

0

0

Personal no sanitario

2

1

0

Centro: Hospital Fremap Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

3

1

Personal sanitario no facultativo

7

4

1

Personal no sanitario

2

2

0

Centro: Sanatorio Nuesta Señora de Los Abetos.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

2

2

2

Personal no sanitario

1

1

1

Centro: Hospital El Pinar.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

4

2

1

Personal sanitario no facultativo

8

7

3

Personal no sanitario

11

7

0

Centro: Hospital Miguel Domínguez.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

12

8

7

Personal sanitario no facultativo

34

32

17

Personal no sanitario

14

9

1

Centro: Clínica Médica La Merced.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

2

1

Personal sanitario no facultativo

7

4

4

Personal no sanitario

3

1

0

Centro: Hospital Nuestra Señora de Fátima.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

10

9

3

Personal sanitario no facultativo

44

36

19

Personal no sanitario

28

17

0

Centro: Sanatorio La Robleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

5

5

5

Personal no sanitario

6

4

1

Centro: Instituto Policlínico Santa Teresa.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

11

9

4

Personal sanitario no facultativo

41

32

14

Personal no sanitario

26

16

2

Oftalmología de Galicia, S.L.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

0

Personal sanitario no facultativo

4

2

0

Personal no sanitario

2

2

0

Centro: Sanatorio Concheiro.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

1

1

Personal sanitario no facultativo

5

4

2

Personal no sanitario

3

3

0

Centro: Sanatorio El Carmen (Ourense).

Servicios mínimos

Personal facultativo

19

Personal sanitario no facultativo

44

Personal no sanitario

17

Centro: Centro Médico El Castro.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

12

13

6

Personal no sanitario

5

5

1

Centro: Centro Oncológico de Galicia.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

20

3

1

Personal sanitario no facultativo

31

13

7

Personal no sanitario

21

11

1

Centro: COSAGA. Cooperativa Sanitaria de Galicia.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

5

3

Personal sanitario no facultativo

16

8

5

Personal no sanitario

16

12

1