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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 9 de noviembre de 2012 Pág. 41934

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 31 de octubre de 2012 por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones inscritas en los registros provinciales de asociaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia.

A iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociaciones.

El Decreto 157/2008, de 10 de julio, sobre asunción de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante el Real decreto 1080/2008, de 30 de junio, en materia de declaración de utilidad pública de asociaciones, asigna estas funciones a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, estableciendo que será competente para resolver el procedimiento de declaración de utilidad pública la persona titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, previa instrucción del procedimiento por el órgano correspondiente.

Previa solicitud de las asociaciones, fueron instruidos los expedientes de conformidad con lo previsto en el Real decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, y en los mismos consta la documentación y los informes previstos en la citada norma.

De conformidad con los informes favorables de declaración de utilidad pública, emitidos por los instructores de los expedientes,

RESUELVO:

Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones:

– Asociación A Mariña Cogami, inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Lugo con el número 1989-745-1.

– Asociación de Enfermos de Crohn y Colitis Ulcerosa de Ourense (UCCA Ourense), inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Ourense con el número 2005-8817-1.

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julilo, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2012

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia