En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo) y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se somete a información pública la solicitud formulada por Eurovento, S.L.U. para las instalaciones que a continuación se describen:
Características generales del parque eólico ampliación Deva II
Peticionario: Eurovento, S.L.U.
Domicilio social: calle Varsovia, 4 C, 5ª planta (Área Central), 15707 Santiago de Compostela.
Situación: ayuntamientos de A Cañiza, Covelo (Pontevedra) y Melón (Ourense).
Poligonal de delimitación del parque eólico
Vértice |
UTM X |
UTM Y |
1 |
560.001 |
4.682.500 |
2 |
559.424 |
4.682.500 |
3 |
560.007 |
4.679.000 |
4 |
560.925 |
4.679.000 |
5 |
560.925 |
4.680.000 |
6 |
561.850 |
4.680.000 |
7 |
561.850 |
4.681.075 |
8 |
560.000 |
4.682.000 |
Posiciones de los aerogeneradores
Aero |
UTM X |
UTM Y |
Ayuntamiento |
1 |
559.693,37 |
4.682.202,48 |
Covelo |
2 |
561.451,75 |
4.680.602,10 |
Melón |
3 |
561.632,29 |
4.680.385,15 |
Melón |
Potencia instalada: 6 MW.
Producción neta: 16.600 MWh/año.
Horas equivalentes netas: 2.769.
Presupuesto total: 8.693.630,78 euros.
Las características técnicas principales de las instalaciones de generación, transformación e interconexión del parque eólico son las siguientes:
– 3 aerogeneradores de 2.000 kW de potencia nominal unitaria con una altura de buje de 80 metros y con un diámetro de rotor de 90 metros.
– 3 centros de transformación, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador, formados por transformadores de 2.100 kVA de potencia nominal y relación de transformación 0,69/30 kV, celdas de media tensión de 30 kV y los correspondientes equipos de protección, telemando y demás elementos auxiliares.
– Red subterránea de media tensión (30 kV), con conductor tipo RHZ1-2OL 18/30 kV, para la evacuación de la energía engendrada e interconexión entre los centros de transformación 0,69/30 kV.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 37.1 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación, relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos:
– Proyecto de ejecución, a efectos de su aprobación y autorización administrativa de las instalaciones descritas.
– Estudio de impacto ambiental, a efectos de la formulación de la declaración de impacto ambiental.
– Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, a efectos de su aprobación.
– Relación de bienes y derechos afectados a efectos de la declaración de utilidad pública, que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Estos documentos permanecerán expuestos al público y podrán examinarse, durante el plazo de 30 días contados a partir de la última publicación de esta resolución o de su notificación individual, en esta dirección general (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 5, 4ª planta, 15781 Santiago de Compostela), y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía e Industria de Pontevedra (avenida Fernández Ladreda, 43; 36003 Pontevedra) y de Ourense (calle Curros Enríquez, 1-4º; 32003 Ourense).
A idénticos efectos, y durante el mismo plazo, el proyecto sectorial podrá examinarse en los ayuntamientos de A Cañiza (calle Oriente, 11, 36880 A Cañiza), Covelo (plaza de Mestre Cerviño, 2, 36872 Covelo) y Melón (calle Calvo Sotelo, 1, 32411 Melón) y el estudio de impacto ambiental en esos mismos ayuntamientos, en la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental (San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela) y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de Pontevedra (avda Fernández Ladreda, 43, 36003 Pontevedra) y de Ourense (calle Paseo, 18, 32003 Ourense).
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se inserta como anexo de esta resolución, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, hubiesen sido omitidas, para que, en el plazo y ante los órganos señalados en los dos párrafos anteriores, puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Esta publicación se efectúa, asimismo, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a efectos de la notificación a los interesados cuando estos sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación, o cuando, intentada esta, no se hubiese podido practicar.
Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2012
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas
ANEXO
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados del parque eólico ampliación Deva II
Nº |
Propietario |
Parcela |
Superficie afecciones (m2) |
||||||||
Nombre y apellidos |
Dirección |
Datos catastrales |
Paraje |
Cultivo |
Pleno dominio |
Servidumbre |
Protección eólica |
Ocupación temporal |
|||
Pol. |
Parc. |
Paso |
Vuelo |
||||||||
1 |
CMVMC de Melón Quins |
Covelo, nº 4, CP 32412, Melón-Ourense |
40 |
4383 |
Monte Serra do Faro |
Matorral |
4.230 |
16.063 |
6.456 |
59.868 |
76.198 |
2 |
40 |
4386 |
Monte Serra do Faro |
Matorral |
289 |
16.678 |
479 |
15.750 |
56.063 |
||
3 |
40 |
4381 |
Monte Serra do Faro |
Matorral |
3.231 |
5.493 |
|||||
4 |
40 |
4380 |
Monte Serra do Faro |
Matorral |
1.668 |
1.767 |
|||||
5 |
CMVMC de Godóns |
Godóns, s/n, CP 3687, Covelo-Pontevedra |
99 |
1042 |
Mialle |
Matorral |
11.504 |
27.879 |
|||
6 |
100 |
1813 |
Río Tea |
Matorral |
109 |
||||||
7 |
99 |
1041 |
Mialle |
Matorral |
1 |
2.100 |
4.459 |
6.868 |
|||
8 |
CMVMC de Prado |
Plaza de Cende, 15, CP 36872, Covelo-Pontevedra |
99 |
1041 |
Mialle |
Matorral |
2.707 |
343 |
4.035 |
19.409 |
19.409 |
9 |
CMVMC de Petán |
Petán-A Aldeíña, s/n, CP 36884, A Cañiza-Pontevedra |
1 |
614 |
Monte de Petán |
Matorral |
15.757 |
10.494 |
Derechos mineros
Nº |
Derecho |
Titular |
Dirección |
Superficie afecciones (m2) |
||||
Pleno dominio |
Servidumbre |
Protección eólica |
Ocupación temporal |
|||||
Paso |
Vuelo |
|||||||
1 |
Permiso de investigación |
Ingemarga, S.A. |
Ctra. Campamento Militar de Parga, s/n, Guitiriz (Lugo) |
2.708 |
42.806 |
4.035 |
23.868 |
93.050 |