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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Martes, 9 de octubre de 2012 Pág. 38771

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Touro (expediente IN407A 2012/023).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Distribuidores Electricidad, S.A. (UDESA).

Domicilio social: calle José Ángel Valente, 17, bajo, local 62, 15706 Santiago de Compostela.

Denominación: LMT, C. Secc. Tratamientos Ecológicos (A Mina-Touro).

Situación: Touro.

Resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha 6 de febrero de 2012, Unión Distribuidores Electricidad, S.A. (UDESA) presenta solicitud ante esta jefatura territorial de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución para una instalación eléctrica denominada «LMT, C. Secc. Tratamientos Ecológicos (A Mina-Touro)».

Segundo. La petición de autorización administrativa de la instalación eléctrica se sometió a información pública por Resolución de 23 de abril de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, publicándose en el Diario Oficial de Galicia (DOG) nº 105, de 4 de junio de 2012, y en el Boletín Oficial de la provincia (BOP) nº 90, de 14 de mayo de 2012. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Línea de media tensión subterránea a 20 kV, con una longitud de 0,130 km, en conductor RHZ1-2OL-12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en paso aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo existente tipo HV-14/400 (coordenadas UTM X: 555.632, Y: 4.747.285) de la LMT Millares-Quión (expediente IN407A 2002/247) y final en el paso subterráneo a aéreo a realizar en el mismo apoyo, haciendo entrada y salida en el centro de seccionamiento Tratamientos Ecológicos proyectado.

– Centro de seccionamiento prefabricado Tratamientos Ecológicos, tipo 3L, dentro del prefabricado con envolvente de hormigón para centro de transformación objeto de otro proyecto, en el ayuntamiento de Touro.

Tercero. Durante el período de información pública se presentaron alegaciones por parte de Unión Fenosa Distribución, en que manifiesta, en resumen, lo siguiente: que es la entidad encargada de la distribución eléctrica en la zona en la que UDESA pretende llevar a cabo la construcción de la instalación, siendo inicialmente los suministros existentes atendidos por Unión Fenosa Distribución, razón por la que entiende que son suyos los clientes a los que se pretende atender con dicha infraestructura, y que deberían ser alimentados desde su red, solicitando la desestimación de la solicitud de autorización administrativa.

Dichas alegaciones fueron trasladadas a la empresa solicitante a fin de que presentara las estimaciones que considerara oportunas.

Cuarto. Se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, en este caso el ayuntamiento de Touro, a fin de que prestara su conformidad u oposición a la autorización solicitada, y emitiera el condicionado técnico al proyecto. Una vez recibida respuesta de dicho ayuntamiento, se dio traslado a la empresa solicitante, la cual acepto el condicionado.

Fundamentos de derecho.

Primero. La Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas; Decreto 79/2009, de 19 de abril y 83/2009, de 21 de abril, en los que se establece a estructura orgánica de la Xunta de Galicia y de los departamentos de esta (DOG nº 75 y 77, de 20 y 22 de abril, respectivamente); Decreto 245/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia; Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece a estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 117, de 17 de junio); Decreto 8/2011, de 28 de enero, por el que si fija a estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG nº 23, de 3 de febrero de 2011); y Decreto 36/2001, de 25 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites señalados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercero. A la vista de las alegaciones presentadas, la contestación a estas por parte de la empresa solicitante y del resto de la documentación que consta en el expediente, cabe responder que:

– El apartado 1 del artículo 39. Zonas eléctricas de distribución, del Real decreto 1955/2000 establece que: «A los efectos del presente real decreto, excepto en lo que se refiere a las zonas establecidas para la determinación de la calidad de servicio zonal, se entenderá por zona eléctrica de distribución el conjunto de instalaciones de distribución pertenecientes a una misma empresa y cuyo objeto último es permitir el suministro de energía eléctrica a los consumidores en las adecuadas condiciones de calidad y seguridad»; no se identifica por parte de Unión Fenosa Distribución su instalación eléctrica, de la que dice inicialmente atendía los suministros existentes, ni su red a partir de la cual considera que deberían ser alimentados los nuevos clientes.

– El apartado 2 del artículo 40. Autorización de instalaciones de distribución, de la Ley 54/1997, establece que: «La autorización, que no concederá derechos exclusivos de uso, se otorgará atendiendo tanto al carácter del sistema de red única y monopolio natural, propio de la distribución eléctrica, como al criterio de menor coste posible, propio de toda actividad con retribución regulada, y evitando el perjuicio a los titulares de redes ya establecidas obligadas a atender los nuevos suministros que se soliciten»; pudiéndose constatar en el expediente que la instalación eléctrica LMT Millares-Quión, de propiedad de UDESA, es la instalación eléctrica existente de empresa distribuidora más cercana a la instalación que se proyecta suministrar, atendiendo al criterio de menor coste posible.

De acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias atribuidas,

RESUELVE:

Autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de dichas instalaciones, en las cuales las características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto, a los condicionados técnicos impuestos que constan en el expediente, y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal u otros necesarios para la realización de obras de las instalaciones autorizadas.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente a derecho.

A Coruña, 27 de septiembre de 2012

Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña