Por Orden de 29 de mayo de 2012 (DOG nº 110, de 11 de junio) se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas gallegas del sector textil-moda-confección para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización en desarrollo del Plan Estratégico del Textil. Visión 2020, y se procede a su convocatoria para el año 2012 (código de procedimiento IN515B).
En el artículo 17 del anexo I de dicha orden se establece que, para cobrar la subvención concedida, los beneficiarios deberán presentar la documentación señalada en el precepto citado en la fecha límite de 31 de octubre de 2012.
Teniendo en cuenta el atraso producido en la resolución de dichas ayudas, motivado por el volumen de solicitudes presentadas y por el largo proceso de evaluación, y a fin de hacer viables los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar el referido artículo.
En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,
DISPONGO:
Artículo único
Modificación del artículo 17 del anexo I de la Orden de la Consellería de Economía e Industria de 29 de mayo de 2012 (DOG nº 110, de 11 de junio) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas gallegas del sector textil-moda-confección para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización, en desarrollo del Plan Estratégico del Textil. Visión 2020, y se procede a su convocatoria para el año 2012 (código de procedimiento IN515B).
El artículo 17.1 de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 17. Justificación de la subvención
1. El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en los lugares señalados en el artículo 2 de la convocatoria y hasta el 20 de diciembre de 2012, del original o copia compulsada de la siguiente documentación:
(...)».
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2012
Javier Guerra Fernández
Conselleiro de Economía e Industria