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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miércoles, 26 de septiembre de 2012 Pág. 37335

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 18 de septiembre de 2012 por la que se modifica la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 31 de diciembre de 2011, por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento de empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012 (DOG número 13, de 19 de enero) y se procede al incremento de la dotación presupuestaria.

El objeto de la Orden de 31 de diciembre de 2011 es la convocatoria de ayudas de los programas de fomento de empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012 con la finalidad de promover la incorporación de personas desempleadas a las entidades de economía social, apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas mediante una mejora de su competitividad, así como la promoción del cooperativismo a través de diferentes programas.

La Orden de 31 de diciembre de 2010 (DOG nº 14, de 21 de enero de 2011) establece en su artículo 3 la posibilidad de incrementar el crédito existente con fondos comunitarios, de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

En consecuencia, como existe un incremento en los fondos disponibles, es necesario ampliar el importe del crédito destinado a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la Orden de 31 de diciembre de 2011, con la finalidad de hacer llegar éstas al mayor número de beneficiarios posibles.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Incremento de la financiación

Se incrementa en 185.000 euros el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo del Programa IV: Fomento del acceso a la condición de socio/a trabajador/a de la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 31 de diciembre de 2011 por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012 (DOG núm. 13, de 19 de enero de 2012), quedando este programa con un importe total de 535.000 €.

Este incremento de la dotación se atiende por importe de 148.000 euros con Fondo Social Europeo (al 80 %) y de 37.000 euros de fondos finalistas que cofinancian (al 20 %) por tratarse de acciones elegibles en el eje I, tema prioritario 62, de acuerdo con el Programa operativo FSE de Galicia 2007-2013.

Dicha ampliación afecta a la siguiente aplicación presupuestaria, que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012,

Aplicación Proyecto Importe (€)

12.03.324A.471.0 2012 00650 185.000

Artículo 2. Plazo de solicitud

Esta modificación no afecta a los plazos establecidos para la presentación de solicitudes en la Orden de 31 de diciembre de 2011, por la que se procede a la convocatoria de ayudas de los programas de fomento de empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo para el año 2012.

Disposición adicional

Con la finalidad de garantizar que no se produzca una doble cofinanciación en la resolución de concesión, se establecerá que el pago final de la subvención concedida quedará condicionado a la presentación por parte de la entidad beneficiaria de las facturas y demás justificantes del gasto subvencionado, en los que deberá constar mediante un estampillado o marca indeleble la financiación del Programa operativo FSE de Galicia 2007-2013 con una expresión tal: «Ayuda cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un porcentaje del 80 %, a través del Programa operativo FSE de Galicia 2007-2013».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2012

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar