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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Martes, 18 de septiembre de 2012 Pág. 36394

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 11 de septiembre de 2012 por la que se modifica la Orden de 30 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013 y se procede a su convocatoria para el 2012.

Con fecha de 13 de junio de 2012 (DOG número 112) se publicó la Orden de 30 de mayo de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013 y se procede a su convocatoria para el 2012.

En el artículo 9.2 de dicha orden se establecía que los beneficiarios de la subvención quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto del proyecto, antes del 1 de octubre de 2012.

Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el elevado volumen de solicitudes recibidas y los atrasos experimentados en la tramitación de las enmiendas, a fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario introducir modificaciones en el artículo 9.2 de la Orden de 30 de mayo de 2012.

Visto lo anterior,

DISPONGO:

Artículo 1. Ampliación del plazo de justificación

Ampliar hasta el 1 de diciembre de 2012, inclusive, el plazo previsto en el artículo 9.2 de la Orden de 30 de mayo de 2012, para acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar la totalidad del presupuesto del proyecto.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria