En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico de Galicia, se somete a información pública la solicitud presentada por Estela Eólica, S.L. para las instalaciones que se describen a continuación:
Solicitante: Estela Eólica, S.L.
Domicilio social: avda. de Monserrat, nº 25, 4º B, A Coruña.
Denominación del proyecto: parque eólico de Pena do Corvo.
Municipios afectados: Oza dos Ríos y Coirós.
Potencia a instalar: 18 MW.
Presupuesto total: 20.911.062,09 euros.
Emplazamiento (área de afección):
Poligonal parque eólico de Pena do Corvo |
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UTMx |
UTMy |
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1 |
570.500 |
4.787.214 |
2 |
574.446 |
4.787.216 |
3 |
575.000 |
4.785.000 |
4 |
570.500 |
4.785.000 |
Aero |
UTMx |
UTMy |
PCR01 |
570.746 |
4.786.139 |
PCR02 |
570.985 |
4.786.004 |
PCR03 |
571.258 |
4.785.782 |
PCR04 |
571.474 |
4.785.630 |
PCR05 |
571.702 |
4.785.466 |
PCR06 |
571.828 |
4.875.246 |
Características técnicas de las instalaciones:
6 aerogeneradores Enercon E-101 de 3.000 kW de potencia nominal unitaria y 99 metros de altura de buje.
6 centros de transformación de 3.050 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,4/30 kV, Dyn5, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador con el correspondiente aparataje de maniobra y protección.
Torre meteorológica autoportante de 97 m de altura, equipada con anemómetros, veletas, medidores de temperatura y de presión y logger registrador.
Líneas eléctricas subterráneas de 30 kV de tensión nominal en canalización entubada, normalmente bajo vial o bien en terreno libre, para la evacuación de la energía generada e interconectando los centros de transformación 0,65/30 kV y la subestación transformadora 30/66 kV.
Subestación transformadora GIS, equipada con transformador de 20/25 (ONAN/ONAF) MVA y relación de transformación 30/66 KV, celdas de media tensión 30 KV, transformador de servicios auxiliares de 100 kVA y relación 30/0,42 kV, aparataje de medida, protección, telemando y control.
Objeto de la información pública:
La autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidade pública de las instalaciones. Esta declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/2007, la necesidad de la urgente ocupación a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
El estudio de impacto ambiental.
El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:
La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados figura en el anexo que se inserta con esta resolución.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación del anexo de esta resolución, así como de las personas que fuesen titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hubiesen sido omitidos, para que puedan examinar el expediente en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, sita en el Edificio Administrativo de Monelos, calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, y presentar sus alegaciones en el plazo de treinta días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación o de la notificación individual.
Para idénticos efectos y en el plazo de 30 días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio, el estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones del parque eólico de Pena do Corvo se podrá examinar en esta Jefatura Territorial de Economía e Industria de A Coruña, así como en los ayuntamientos de Oza dos Ríos y Coirós y en la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. Asimismo, se podrá examinar el proyecto de ejecución y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal en los ayuntamientos de Oza dos Ríos y Coirós y en las dependencias de esta Jefatura Territorial de la Consellería de Industria de A Coruña.
Una vez finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria.
Esta publicación se hace igualmente a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con los interesados que sean desconocidos, o cuando se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien, si intentada la notificación, nose hubiese podido. Las diligencias relativas al expediente se entenderán con el Ministerio Fiscal en los supuestos previstos en el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
A Coruña, 9 julio de 2012
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña