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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Viernes, 31 de agosto de 2012 Pág. 34765

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2012, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se regula el Plan Proxecta y se establecen las bases para la participación de los centros docentes dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

El artículo 105 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece que las administraciones educativas favorecerán el reconocimiento de la labor del profesorado de los centros públicos que muestre una especial dedicación al centro y a la implantación de planes que supongan innovación educativa.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria ha estado colaborando de forma continuada con distintos organismos de la Xunta de Galicia para facilitar la integración de determinados programas en el sistema educativo gallego.

Las distintas estructuras que presentan estos programas, los diversos protocolos de desarrollo, las variadas metodologías que los sustentan y los distintos calendarios que rigen su puesta en práctica hacen imprescindible la adopción de un sistema de coordinación eficaz que permita optimizar la utilización de estos recursos educativos.

Se trata, por tanto, de establecer un marco general de colaboración entre los distintos departamentos de la Xunta de Galicia que disponen de programas dirigidos a los centros educativos, de fijar unos criterios metodológicos y organizativos comunes, de integrar estos programas en la planificación anual de los centros y, al mismo tiempo, crear una red de trabajo colaborativo y reconocerle al profesorado su participación.

La presente resolución pretende regular mediante el Plan Proxecta estos programas, establecer las bases para la participación en él de los centros docentes dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y reconocer la labor del profesorado participante en los proyectos de innovación educativa que se estén llevando a cabo en el ámbito de este plan.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, esta dirección general

DISPONE:

Sección 1ª Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto

Esta resolución tiene por objeto regular el Plan Proxecta y establecer las bases para la participación de los centros docentes dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Sección 2ª El Plan Proxecta

Artículo 3. Definición del plan

El Plan Proxecta es una iniciativa de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en colaboración con diferentes organismos de la administración autonómica dirigida a fomentar la innovación educativa en los centros a través de programas que desarrollen de forma paralela las competencias básicas y la educación en valores.

Se trata de un plan que busca un avance en las dinámicas de mejora de la calidad educativa favoreciendo la innovación en los propios centros a través de programas externos que lleven a la motivación y al trabajo activo y colaborativo del alumnado y del profesorado implicado. Para ello, el objetivo central de este plan es construir modelos de mejora mediante proyectos que tengan un alto potencial de transferibilidad tanto en el propio centro en el que se originan como en el resto de la comunidad educativa gallega.

Artículo 4. Objetivos generales

Con este plan se pretenden lograr los siguientes objetivos:

1. Ofrecer a la comunidad educativa gallega programas de diferentes ámbitos de la administración que fomenten la innovación educativa. Estos programas se describen en el anexo de esta resolución.

2. Establecer un marco general de colaboración para presentar todos los programas implicados de una forma estructurada.

3. Fijar unos criterios metodológicos y organizativos comunes dirigidos a la creación de proyectos de innovación que desarrollen las competencias y los valores.

4. Establecer unas pautas comunes en relación con el reconocimiento del trabajo del profesorado en estos proyectos.

5. Ofrecer la posibilidad a los centros de integrar dentro de su planificación anual y al profesorado de incluir dentro de sus programaciones aquellos programas que mejor se adapten a sus características específicas.

6. Crear una red de trabajo colaborativo e interdisciplinar que consiga transformar y mejorar la práctica educativa, transfiriendo eficazmente las iniciativas innovadoras.

Artículo 5. Ejes y acciones del plan

Los ejes del plan son tres:

1. Organización.

Este eje está marcado por tres acciones centrales:

a) Sistematizar y actualizar los programas de los distintos organismos (anexo).

b) Difundir el plan a toda la comunidad educativa.

c) Utilizar herramientas eficaces de gestión del plan.

2. Apoyo.

Las principales acciones de este eje son:

a) Ofrecer formación inicial al profesorado.

b) Establecer un sistema de asesoramiento a través de las estructuras de formación permanente del profesorado y de la inspección educativa.

3. Evaluación, reconocimiento y transferibilidad.

En este caso las acciones a seguir son:

a) Reconocer la participación de los centros, las personas coordinadoras y el profesorado en el plan como actividad de innovación educativa tras una evaluación del trabajo realizado.

b) Difundir los mejores proyectos a través de los canales digitales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Artículo 6. Líneas estratégicas del plan

Este plan se organiza en torno a tres grandes líneas estratégicas:

1. Desarrollo transversal de los valores básicos para la vida y la convivencia.

Los programas incluidos en este plan tienen en común el objetivo de desarrollar la educación en valores: la igualdad, la solidariedad, la tolerancia, la vida saludable, el respeto del medio ambiente, el desarrollo sostenible, la no discriminación, la resolución pacífica de conflictos o el consumo responsable, entre otros muchos valores a desarrollar en las aulas.

2. Desarrollo de las competencias.

El desarrollo de las competencias es fundamental en la organización curricular tanto de la enseñanza obligatoria como de la educación infantil, del bachillerato y de la formación profesional. De forma destacada, la educación infantil, la primaria y la secundaria obligatoria hacen del desarrollo de las competencias básicas una de las líneas centrales de acción. Los currículos de estos niveles educativos incluyen las siguientes competencias básicas:

1) Competencia en comunicación lingüística.

2) Competencia matemática.

3) Competencia en el conocimiento y en la interacción con el mundo físico.

4) Tratamiento de la información y competencia digital.

5) Competencia social y ciudadana.

6) Competencia cultural y artística.

7) Competencia para aprender a aprender.

8) Autonomía e iniciativa personal.

3. Utilización de estrategias metodológicas comunes.

La tercera línea estratégica es el fomento de estrategias metodológicas comunes a todos aquellos programas que participen en el Plan Proxecta. Una propuesta metodológica que se base en dinámicas activas, colaborativas y centradas en la experiencia próxima del alumnado y que lleva al desarrollo de valores desde una creciente posición crítica y autónoma partiendo de sus intereses, de sus experiencias y de sus conocimientos previos. De esta forma, las actividades llevadas a cabo por cada programa en el centro se organizarán conformando un proyecto que se integrará en su programación general anual.

Artículo 7. Profesorado participante

En los proyectos realizados en los centros deberán participar, como mínimo, una persona coordinadora y un profesor o una profesora de una disciplina o de un nivel educativo diferente, pudiéndose extender al resto del profesorado del centro y/o al profesorado de otros centros.

Sección 3ª Proceso de solicitud y selección de los proyectos

Artículo 8. Proceso y plazo de solicitud

1. Para participar en esta convocatoria las personas responsables de la dirección de los centros educativos podrán solicitar los programas listados en el anexo a esta resolución mediante la solicitud accesible en la aplicación Plan Proxecta (http://www.edu.xunta.es/planproxecta), alojada en el apartado Servicios del Portal Educativo de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (http://www.edu.xunta.es/web/services). La solicitud podrá realizarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las instituciones responsables de los distintos programas educativos incluidos en el Plan Proxecta harán la selección de los centros educativos participantes.

3. La comisión de selección, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 9, valorará y validará la selección de centros realizada por las instituciones correspondientes. Las listas provisionales de centros seleccionados resultantes serán publicadas en el Portal Educativo http://www.edu.xunta.es/web y notificadas a las personas responsables de la dirección de los centros a través de la aplicación telemática Plan Proxecta.

4. Una vez terminado el plazo de reclamaciones especificado en el artículo 10 y confirmada y comunicada su selección en uno o en varios de los programas ofrecidos en el Plan Proxecta, las personas responsables de la dirección de los centros educativos consignarán los datos de la/s persona/s coordinadora/s y del profesorado participante en cada uno de los programas en el formulario de alta accesible en la aplicación Plan Proxecta (http://www.edu.xunta.es/planproxecta), alojada en el apartado Servicios del Portal Educativo de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (http://www.edu.xunta.es/web/services). En este mismo formulario, y en el plazo que se les indique en la comunicación de admisión, se confirmará el compromiso del centro de llevar a cabo el/los proyecto/s educativo/s correspondiente/s a cada programa y se incluirá una breve descripción de la/s actuación/es a llevar a cabo en el centro.

Artículo 9. Comisión de selección

1. Bajo la presidencia de la persona titular de la Subdirección General de Ordenación, Innovación Educativa y Formación del Profesorado se constituirá una comisión de selección que se encargará de valorar las solicitudes.

2. La comisión estará integrada por la persona titular de la jefatura del Servicio de Ordenación, Innovación y Orientación Educativa, por una persona asesora de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que realizará las funciones de secretaría, y por las personas responsables de cada uno de los programas que participan en el Plan Proxecta.

3. La comisión podrá disponer la constitución de comisiones técnicas, compuestas por personas asesoras de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y de las otras instituciones participantes, a efectos de elaboración de informes sobre los programas de actuación presentados.

Artículo 10. Resolución

1. Una vez terminado el proceso de selección de las solicitudes, la comisión hará pública la resolución provisional, que se difundirá en el Portal Educativo http://www.edu.xunta.es/web

2. La exposición abrirá un plazo de diez días naturales para efectuar reclamaciones o renuncias. Transcurrido este plazo, una vez estudiadas y, en su caso, atendidas las mencionadas reclamaciones y renuncias, la comisión seleccionadora elevará la propuesta definitiva a la persona titular de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que resolverá la relación final de los centros seleccionados.

3. La resolución definitiva de los centros seleccionados se publicará en el Portal Educativo http://www.edu.xunta.es/web y en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido el plazo de seis meses sin que se le haya notificado la resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4. Contra esta resolución podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con los artículos 10, 14 y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sección 4ª Seguimiento, evaluación y certificación

Artículo 11. Seguimiento y evaluación de los proyectos

1. El equipo directivo del centro supervisará el desarrollo de los proyectos y dará cuenta a los órganos de participación y gobierno, a los padres, madres o tutores/as legales, así como a las instituciones que participan en el/los programa/s.

2. La inspección educativa realizará, a lo largo de cada curso académico, el seguimiento y la evaluación de las diferentes actuaciones previstas en los programas, e informará periódicamente a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

3. La evaluación del/de los proyecto/s realizada por el centro educativo para cada curso académico se incorporará a la memoria anual del centro.

Artículo 12. Certificación de participación

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria certificará, según la normativa vigente, la participación del profesorado en los programas, como actividades de innovación educativa y reconocerá y difundirá, si procede, las buenas prácticas derivadas de la aplicación de los programas en función de los resultados de su seguimiento y evaluación.

Artículo 13. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2012

Manuel Corredoira López
Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa

Institución

Nombre del programa

Definición

Temporización

Alumnado al que va dirigido

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

Axenda 21 Escolar de Galicia

Formar en la cultura de la sostenibilidad al alumnado

Anual

Infantil, primaria, ESO, bachillerato y FP

12 meses, 12 paisaxes

Valoración del paisaje próximo al alumnado

Anual

Infantil, primaria, ESO, bachillerato y FP

Climántica

Educación sobre cambio climático

Anual

Primaria, ESO y bachillerato

Meteoescolas

Conocimiento del clima de la escuela y de su entorno

Anual

Primaria, ESO, bachillerato y adultos

Terra

Conocimiento de los espacios que habita el alumnado

Anual

Infantil, primaria, ESO, bachillerato y FP

Recíclate con Sogama

Fomento de la recogida selectiva de residuos

Anual

Infantil y primaria

Ríos

Fomento de la conservación de los ecosistemas fluviales

Anual

Infantil, primaria, ESO, bachillerato, FP y adultos

Consellería del Medio Rural y del Mar

Distribución de froitas aos centros escolares

Mejora de los hábitos alimenticios del alumnado mediante el fomento del consumo de fruta

Anual

2º ciclo de infantil, primaria y ESO

Consellería de Economía e Industria (IGC)

Consumópolis

Mejora de las pautas de consumo responsable del alumnado mediante un concurso con fase autonómica y estatal

Semestral

3ª ciclo de primaria y ESO

Galicons-net

Investigación del alumnado sobre una de dos temáticas: consumo y género o publicidad

Anual

Todo

Consellería de Sanidad (Servicio Gallego de Salud)

Clases sen fume

Prevención del tabaquismo

Semestral

1º y 2º de ESO

Salvavidas

Fomento de actitudes favorables en los escolares hacia la donación y los transplantes

Depende del nivel educativo

Primaria, ESO, bachillerato, FP y adultos

Dirección General de Juventud y Voluntariado

Quérote+

Asesoramiento, formación e información en los temas que preocupan a la juventud gallega

Anual

ESO

PCPI

Parlamento Xove

Fomento del diálogo y la argumentación razonada de las ideas propias como herramienta para el consenso

Semestral

3º y 4º ESO y bachillerato

Rede de Centros Escolares Solidarios

Fomentar que los escolares se comprometan como voluntarios/as con una entidad

Anual

ESO, bachillerato, FP y adultos

Secretaría General para el Deporte

Xogade

Fomento de las actividades físicas y deportivas saludables

Anual

6-16 años

Deportivo de Centro

Fomento de las actividades físicas y deportivas saludables

Anual

Secundaria

Máis e mellor actividade física

Fomento de las actividades físicas y deportivas saludables

Anual

Primaria

Se puede encontrar más información sobre los programas en la dirección: http://www.edu.xunta.es/web/planproxecta

ANEXO
Datos básicos de los programas participantes en el plan