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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Martes, 28 de agosto de 2012 Pág. 34424

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 511/2012).

Secretaría: Sr. Gamero López Peláez. Casación: 152 y 153/2012 IP.

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 511/2012.

Juzgado de origen/autos: demanda 410/2010 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo.

Recurrentes: José Antonio Troncoso Oliveira, Pedro L. Abalde García, Herminio Carracedo González, Delfín Puime Alonso, Rosa Mar Mouriño Rivas, José Otero Míguez, Jesús Ignacio Domínguez González, Óscar Soto Duarte, Herminia Gómez González, Higinio Rodríguez Rico, María Rosa Campelo Carballo, Rosa Rivas Couto, Antonio Alonso Domínguez, Francisco Rico Carballo, Carlos Seoane Osormo, Manuel Vázquez Vilar, Domingo Pino Val, José Ramón Coto Iglesias, Juan Carlos Brea Míguez, José Manuel García Prego, Bienvenido Rodríguez Pérez, Rogelio Fernández Fernández.

Abogados: Antonio Troncoso de Castro, Miguel Ángel Lamela Méndez.

Procuradores: Fausto Valentín Blanco García, Juan Antonio Garrido Pardo.

Recurridos: Fogasa, Taguive, S.L., Ministerio Fiscal, Industrias de Tableros Valga, S.A., Fibras de Madera, S.A.

Abogados: (…), María Dolores Carpintero Vázquez, Miguel Hinrichs Gallego.

Procuradores: Gonzalo Lousa Gayoso, Ana María Tejelo Núñez.

Francisco Javier Gamero López-Peláez, secretario judicial de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 511/2012 de esta sección, seguido a instancia de José Antonio Troncoso Oliveira, Pedro L. Abalde García, Herminio Carracedo González, Delfín Puime Alonso, Rosa Mar Mouriño Rivas, José Otero Míguez, Jesús Ignacio Domínguez González, Óscar Soto Duarte, Herminia Gómez González, Higinio Rodríguez Rico, María Rosa Campelo Carballo, Rosa Rivas Couto, Antonio Alonso Domínguez, Francisco Rico Carballo, Carlos Seoane Osormo, Manuel Vázquez Vilar, Domingo Pino Val, José Ramón Coto Iglesias, Juan Carlos Brea Míguez, José Manuel García Prego, Bienvenido Rodríguez Pérez, Rogelio Fernández Fernández contra la empresa Fogasa, Taguive, S.L., Ministerio Fiscal, Industrias de Tableros Valga, S.A., Fibras de Madera, S.A. sobre resolución de contrato, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial Francisco Javier Gamero López-Peláez.

«A Coruña, 27 de junio de 2012.

El anterior escrito suscrito por el letrado Miguel Lamela Méndez, en nombre y representación de Bienvenido Rodríguez Pérez y otros, y el escrito presentado por el letrado Adolfo José López Fernández, en nombre y representación de José Manuel García Prego, Jesús Ignacio Domínguez González, José Otero Míguez, Herminio Carracedo González, Rosa Mar Mouriño Rivas, Delfín Puime Alonso y Pedro Luis Abalde García, únase al recurso de su razón junto con sus copias. Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Se tienen por aportadas las certificaciones expresadas en los escritos y las correspondientes al Tribunal Supremo las aportará dicho tribunal.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 1 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Líbrese edicto al DOG para la notificación de la presente resolución a Fibras de Madera, S.A.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de junio de 2012

El secretario judicial