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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 23 de agosto de 2012 Pág. 33726

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2012, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada el 15 de junio de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña en el procedimiento abreviado 88/2010, en relación con la Resolución de 21 de enero de 2010, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas de licenciados sanitarios del Servicio Gallego de Salud.

El 10 de febrero de 2010 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (número 27) la Resolución de 21 de enero de 2010, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas de licenciados sanitarios de este organismo.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña, en su sentencia 166/2010 de 15 de junio (recaída en el procedimiento abreviado número 88/2010), sentencia posteriormente firme, procedió a anular el anexo III de la citada resolución, exclusivamente en lo que se refiere a las plazas convocadas en la especialidad de urología, en el criterio de que se deben añadir tres plazas a las inicialmente ofertadas en el Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña en dicha especialidad. Y en consecuencia, el fallo de la sentencia ordena ampliar el concurso para que, quien a la fecha de la convocatoria reuniese los requisitos exigidos para participar en él, pueda optar a las plazas omitidas en función de los méritos con los que contase en dicha fecha.

En base a lo anteriormente expuesto, este centro directivo, de acuerdo con las facultades atribuidas por el Decreto 311/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud

RESUELVE:

Primero. Objeto

Ampliar el concurso de traslados para la provisión de plazas de licenciados sanitarios del Servicio Gallego de Salud convocado por la Resolución de 21 de enero de 2010 de este mismo centro directivo, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 27, de 10 de febrero.

De acuerdo con ello, se modifica el anexo III (Plazas ofertadas por categorías/especialidades) de dicha resolución, a los únicos efectos de añadir a la plaza inicialmente convocada y ya adjudicada, tres plazas de facultativo/a especialista de área de urología (F.E.A. Urología, en los términos de dicho anexo) en el Complejo Hospitalario Universitario A Coruña (código 1501).

Segundo. Normas rectoras

Al margen de lo establecido de modo específico en la presente resolución, el concurso en la especialidad que se amplía se regirá por lo dispuesto en la Resolución de 21 de enero de 2010, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas de licenciados sanitarios de este organismo (DOG núm. 27, de 10 de febrero); y por la normativa citada en ella.

Tercero. Requisitos de participación

Podrá participar en la ampliación del concurso de traslados de facultativo/a especialista de área de urología el personal estatutario fijo de la misma especialidad, que reuniese los requisitos de participación establecidos en la base segunda de la convocatoria formalizada por la Resolución de 21 de enero de 2010, a fecha 10 de marzo de 2010.

Cuarto. Solicitudes y plazo

1. Todos los profesionales interesados en participar en el concurso que se amplía, hubieran o non presentado solicitud de participación en este concurso en el año 2010, deberán cubrir la correspondiente solicitud a través de la Oficina Virtual del Profesional (FIDES/expedient-e/Sección de Procesos), ajustándose necesariamente al modelo establecido para tal efecto y a las instrucciones que constan como anexo de la presente resolución.

2. Una vez formalizada electrónicamente, los profesionales deberán imprimir la solicitud y presentarla en alguno de los registros previstos en la base quinta de la Resolución de 21 de enero de 2010 dirigida a una unidad de validación de las relacionadas en el formulario de participación.

3. Junto con la solicitud, y dentro del plazo de presentación de instancias, los profesionales deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y méritos conforme se indica en la base sexta de la Resolución de 21 de enero de 2010 excepto en los supuestos previstos en el apartado quinto de la presente resolución.

4. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.1º del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en este procedimiento junto con la documentación que aporten desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 28 de septiembre de 2012, ambos inclusive.

Quinto. Acreditación de requisitos y méritos

1. Serán valorados únicamente los méritos acreditados hasta el día inmediato anterior al de la publicación de la Resolución de 21 de enero de 2010 en el Diario Oficial de Galicia. Esto es, hasta el día 9 de febrero de 2010, inclusive.

2. Aquellos profesionales que, habiendo participado en el concurso de traslados convocado por dicha resolución, soliciten participar en este procedimiento, no tendrán que presentar nuevamente la documentación acreditativa de los requisitos y méritos ya presentados.

En el anterior supuesto, para la adjudicación de destinos según el orden de prelación resultante, la Administración tendrá en cuenta la puntuación definitiva asignada al/a la profesional en la Resolución de 7 de julio de 2010, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslados para la provisión de plazas de licenciados sanitarios del Servicio Gallego de Salud convocado por la Resolución de 21 de enero de 2010 (publicada en el DOG núm. 136, de 19 de julio, con corrección de errores en el DOG núm. 143, de 28 de julio).

No obstante, y dentro del plazo de presentación establecido en el apartado cuarto de esta resolución, dichos profesionales podrán presentar, junto con la solicitud y como documentación complementaria, cualquier mérito no presentado inicialmente que fuese alcanzado antes del 10 de febrero de 2010, que se sumará, en su caso, a la puntuación anterior.

3. De igual forma, aquellas personas que no habiendo participado en el concurso de traslados de 2010, hubieran participado en el concurso de traslados de personal licenciado sanitario convocado por Resolución de 10 de mayo de 2012, no tendrán que presentar junto con la solicitud de participación en este procedimiento la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que hubieran sido presentados para la participación en tal concurso (2012) y que consten debidamente registrados en su expediente electrónico personal (FIDES/expedient-e).

4. Los profesionales que, no habiendo participado en los concursos de traslados convocados por resoluciones de 21 de enero de 2010 (DOG núm. 27, de 10 de febrero) y 10 de mayo de 2012 (DOG núm. 96, de 22 de mayo), soliciten participar en este procedimiento deberán presentar la documentación acreditativa de sus requisitos y méritos conforme se indica en la base sexta de la Resolución de 21 de enero de 2010 (DOG núm. 27, de 10 de febrero).

Sexto. Resolución del concurso

1. Este procedimiento se resolverá con carácter previo al convocado mediante la Resolución de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud de fecha 10 de mayo de 2012.

2. Los profesionales que resulten adjudicatarios de una plaza de facultativo/a especialista de área de urología en el presente procedimiento y que, asimismo, hubieran participado en la misma especialidad en el concurso de traslados convocado mediante la Resolución de este centro directivo de 10 de mayo de 2012 (DOG núm. 96, de 22 de mayo), se entenderá que solicitan en este último (2012) única y exclusivamente aquellas plazas que, siendo asimismo solicitadas en el presente concurso (2010), tengan en él (2010) un orden de prelación más elevado que la plaza adjudicada.

En consecuencia, las plazas que en la solicitud ya efectuada en el concurso de traslados convocado por Resolución de 10 de mayo de 2012 no cumplan los dos anteriores requisitos se considerarán como no solicitadas.

Conforme a la última opción manifestada, la adjudicación de las plazas correspondientes al concurso de traslados 2012 se efectuará según el orden de prelación de destinos seleccionado por el profesional en la solicitud de participación correspondiente al concurso de traslados 2010.

3. En cualquier caso, el profesional que resulte adjudicatario de una de las plazas de facultativo/a especialista de área de urología recogidas en el presente procedimiento y que, asimismo, hubiera participado en la misma especialidad en el concurso de traslados convocado mediante la Resolución de 10 de mayo de 2012 podrá conservar la vigencia íntegra de la solicitud efectuada al amparo de la citada resolución.

A tales efectos, este centro directivo habilitará un plazo específico que será debidamente publicado en el Diario Oficial de Galicia o notificado individualmente a las personas interesadas.

Séptimo. Normas finales

La presente resolución, junto con las bases de la convocatoria originaria, vincula a la Administración y a los que participen en el concurso que se amplía.

Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2012

Esperanza Fernández Lago
Directora de Recursos Humanos

ANEXO
Instrucciones de acceso al expediente electrónico (FIDES)

La Oficina Virtual del Profesional (FIDES) constituye el punto de encuentro telemático entre el Servicio Gallego de Salud y los/las profesionales con los que mantiene una vinculación, así como con las personas aspirantes y profesionales de otros servicios de salud que participen en los procesos de selección y provisión de plazas convocados por este organismo, configurándose como la plataforma de acceso al expediente electrónico del/de la profesional o aspirante.

El acceso a FIDES se podrá realizar desde:

– Internet (profesionales del Servicio Gallego de Salud y procedentes de otros servicios autonómicos de salud).

– La intranet del Servicio Gallego de Salud (sólo disponible para profesionales en activo del Servicio Gallego de Salud y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidad, y desde equipos informáticos situados físicamente en la red corporativa).

1. Acceso desde internet.

1.1. Acceso desde internet con certificado digital.

Los profesionales del Servicio Gallego de Salud así como los que procedan de otro servicio de salud autonómico podrán acceder de esta forma a FIDES a través de la dirección http://fides.sergas.es.

Es requisito indispensable disponer de un certificado digital para acceder a través de esta vía. Los certificados aceptados son los expedidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y el DNI electrónico (DNIe).

Para obtener el certificado digital expedido por la FNMT será preciso solicitarlo a través de internet (en la dirección www.cert.fnmt.es), o bien en cualquier oficina de la Agencia Tributaria (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas).

Si el usuario ya dispone de una tarjeta sanitaria del Servicio Gallego de Salud con chip electrónico, ésta ya contiene un certificado de la FNMT, por lo que no será necesario solicitar uno nuevo. De hecho, la solicitud de un nuevo certificado inhabilitará el que existe en la tarjeta sanitaria.

Por su parte, el DNI electrónico (DNIe) se podrá solicitar en las oficinas de la Dirección General de la Policía.

Para la identificación del usuario mediante tarjeta sanitaria del Servicio Gallego de Salud con chip electrónico o a través del DNI electrónico, será preciso, con carácter general, disponer de un lector de tarjetas. No se requerirá lector de tarjetas únicamente en el supuesto de disponer de un certificado digital de la FNMT instalado en el propio equipo.

Los/las usuarios/as podrán solicitar información y obtener asesoramiento sobre la acreditación electrónica en los PAE (Punto de Acreditación Electrónica) habilitados por el Servicio Gallego de Salud en los diversos centros sanitarios de atención especializada y atención primaria del organismo.

Los servicios que, a través de esta forma de acceso, tendrán disponibles los/las profesionales actualmente vinculados al Servicio Gallego de Salud, así como aquellos profesionales procedentes de otros servicios de salud que en algún momento del pasado hubieran tenido algún tipo de vinculación con el citado organismo, serán, tanto el acceso a la gestión del expediente electrónico y a la inscripción electrónica en el proceso de concurso de traslados y demás procesos de selección y provisión de plazas que convoque este organismo, así como al resto de funcionalidades existentes en la Oficina Virtual del Profesional (FIDES).

Los servicios que, a través de esta forma de acceso, tendrán disponibles los profesionales que nunca tuvieron un vínculo con el Servicio Gallego de Salud serán, tanto el acceso a la gestión del expediente electrónico como a la inscripción electrónica en el proceso de concurso de traslados y demás procesos de selección y provisión de plazas que convoque este organismo.

La primera vez que un profesional acceda con certificado digital a FIDES, se le solicitará que cubra un formulario de alta con datos básicos.

1.2. Acceso desde internet sin certificado digital.

El acceso a FIDES desde internet sin certificado digital se efectuará a través de la dirección http://fides.sergas.es

Esta forma de acceso no estará habilitada para aquellos profesionales actualmente vinculados al Servicio Gallego de Salud. Únicamente los profesionales que tuvieron en el pasado algún vínculo laboral con el Servicio Gallego de Salud o aquellos que nunca mantuvieron relación profesional con este organismo podrán elegir esta forma de acceso al sistema.

Por motivos de seguridad y de protección de datos, este tipo de acceso tiene limitadas las funcionalidades del servicio a las que se puede acceder. Así, aun siendo posible acceder a determinados servicios, resulta recomendable optar por el acceso mediante certificado digital, por resultar el método que ofrece las debidas garantías en cuanto a la seguridad de los datos y permite el acceso a todas las funcionalidades de FIDES.

Para acceder sin certificado digital es necesario solicitar una cuenta de usuario, formada por un identificador único y una contraseña secreta. Los pasos para conseguir una cuenta de usuario son los siguientes:

– Paso 1: desde la pantalla principal de FIDES, en el apartado de Acceso sin certificado, pulsar en el enlace de acceso al proceso de registro.

– Paso 2: cubrir debidamente el formulario y aceptar las condiciones de uso. En este formulario se realizarán una serie de preguntas en función de si se tuvo o no alguna vez algún tipo de vinculación con el Servicio Gallego de Salud, que habrá que responder correctamente para consolidar con éxito el proceso de alta.

En el caso de no responder correctamente a las preguntas, el sistema enviará al correo electrónico del usuario indicado en el formulario, un código que el interesado tendrá que presentar personalmente en uno de los PAE (Punto de Acreditación Electrónica) habilitados por el Servicio Gallego de Salud en los diversos centros del organismo, junto con un documento de identificación válido.

En el caso de finalizar el proceso de alta correctamente, se enviará un mensaje de confirmación al interesado, a la dirección de correo electrónico indicada en el formulario, y tras la confirmación por parte del usuario, un segundo mensaje vía e-mail con los datos de acceso a FIDES.

– Paso 3: cubrir los recuadros de usuario y contraseña de FIDES, en el apartado de Acceso sin certificado. La primera vez que accedamos a FIDES tras el proceso de alta, el sistema nos solicitará que cambiemos la contraseña por motivos de seguridad.

Los servicios que, a través de esta forma de acceso, tendrán disponibles los profesionales que en algún momento del pasado hubieran tenido algún vínculo con el Servicio Gallego de Salud, serán tanto el acceso a la gestión del expediente electrónico como la inscripción electrónica en el concurso de traslados y demás procesos de selección y provisión de plazas que convoque este organismo. A través de este tipo de acceso, no se podrá acceder al resto de funcionalidades de FIDES que, por el contrario, sí están disponibles en el acceso con certificado digital.

Los servicios que, a través de esta forma de acceso, tendrán disponibles los profesionales que nunca tuvieron un vínculo laboral con el Servicio Gallego de Salud, serán tanto el acceso a la gestión del expediente electrónico como la inscripción electrónica en el concurso de traslados y demás procesos de selección y provisión de plazas que convoque este organismo.

2. Acceso desde la intranet del Servicio Gallego de Salud.

Esta vía sólo estará disponible para profesionales en activo del Servicio Gallego de Salud y desde equipos informáticos situados físicamente en la red corporativa del citado organismo.

Los/las profesionales con un vínculo activo tendrán, mediante este sistema, acceso a la totalidad de servicios y funcionalidades de FIDES, incluido el acceso a la gestión del expediente electrónico y a la inscripción electrónica en el proceso de concurso de traslados.

El acceso a FIDES se realizará mediante el código de usuario y contraseña que los/las profesionales en activo ya tienen asignado y utilizan habitualmente para acceder al resto de funcionalidades del sistema.

3. Manual de instrucciones de acceso y funcionamiento del expediente electrónico y validación de la documentación.-

En la sede electrónica del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) figura a disposición de los concursantes un manual de instrucciones sobre el acceso y funcionamiento del expediente electrónico.

4. Buzón de correo electrónico.

Para efectuar las consultas y resolver las dudas que surjan en relación a este procedimiento, se habilita la siguiente dirección de correo electrónico concurso.traslados@sergas.es