Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: modificado del proyecto LMTS, CTC polígono A Dorna.
Situación: ayuntamientos de Boiro y Rianxo.
Características técnicas:
– Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 20 kV, con una longitud de 10,570 km, con origen en celda de línea en la subestación de Boiro, conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV 3(1×240) Al y final en apoyo de celosía 16/2000 existente de la LMTA BOI809 entre el CT O Pazo y el CT Iglesia Taragoña, realizado entrada y salida en los CTS proyectados.
– Centros de transformación nº 1, 3, 4 y 5, con una potencia de 400 kVA y relación de transformación de 20.000/400-230 V.
– Centro de transformación nº 6, con una potencia de 250 kVA y relación de transformación de 20.000/400-230 V.
– Centros de transformación nº 2 y 7, con una potencia de 630 kVA y relación de transformación de 20.000/400-230 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 12 de julio de 2012
P.A. (Artículo 39.3 del Decreto 324/2009; DOG nº 117, de 17 de junio)
Juan Ignacio Lizaur Otero
Jefe del Servicio de Energía y Minas