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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 30 de julio de 2012 Pág. 30256

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, el estudio de impacto ambiental, el proyecto de ejecución, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico Pico Seco, emplazado en los ayuntamientos de Lalín, Dozón (Pontevedra) y O Irixo (Ourense), y promovido por Aerogeneración Galicia, S.L. (expediente IN661A DXIEM-04/11).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental; en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo); y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; así como en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se somete a información pública la solicitud formulada por Aerogeneración Galicia, S.L. para las instalaciones que a seguir si describen:

Características generales del parque eólico Pico Seco.

Peticionario: Aerogeneración Galicia, S.L.

Domicilio social: Polígono Industrial Lalín 2000, parcela C-26; 36500 Lalín.

Ubicación: ayuntamientos de Lalín, Dozón (Pontevedra) y O Irixo (Ourense).

Zona: 10.

Área de desarrollo eólico (ADE) I-10-6 (Pico Seco).

Poligonal de delimitación del parque

Posiciones de los aerogeneradores

Vértice

UTM X

UTM Y

Aerogeneradores

UTM X

UTM Y

A

570.000

4.713.000

PS-01

573.018

4.712.203

B

573.500

4.713.000

PS-02

572.946

4.711.803

C

573.500

4.709.043

PS-03

572.603

4.711.973

D

570.000

4.709.043

PS-04

571.766

4.711.686

Coordenadas torre meteorológica

PS-05

571.455

4.711.834

TM

570.575

4.711.610,80

PS-06

571.173

4.711.963

PS-07

570.774

4.711.720

PS-08

570.217

4.711.339

PS-09

570.205

4.710.267

Potencia instalada: 27 mW.

Producción neta: 91.284 mWh/ano.

Horas equivalentes netas: 3.381.

Presupuesto total: 29.581.747 euros.

Las características técnicas principales de las instalaciones de generación, transformación e interconexión del parque eólico son las siguientes:

• 9 aerogeneradores Vestas V-112 de 3.000 kW de potencia nominal unitaria con una altura de buje de 94 metros y con un diámetro de rotor de 112 metros.

• 9 centros de transformación, instalados unitariamente en el interior de la torre de cada aerogenerador, formados por transformadores de 3.350 kVA de potencia nominal, grupo de conexión Dyn11 y tensión 0,69/30 kV, celdas de media tensión de 30 kV y los correspondientes equipos de protección, telemando y demás elementos auxiliares.

• 1 torre meteorológica autoportante de 100 metros de altura.

• Red subterránea de media tensión (30 kV) distribuida en dos circuitos, con conductor tipo HEPRZ1 18/30 kV Al + H16/25, para la evacuación de la energía generada e interconexión entre los centros de transformación 0,69/30 kV y la subestación transformadora 30/132 kV.

• Subestación transformadora 132/30 kV, con edificio de control, transformador de potencia trifásico de 30/40 MVA ONAN/ONAF, transformador de servicios auxiliares de 100 kVA de potencia nominal y relación de transformación 30/0,4 kV, equipos de seccionamiento, medida, protección, telemando y demás elementos auxiliares.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 37.1 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por la demás normas de aplicación, relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución, a efectos de su aprobación y autorización administrativa de las instalaciones descritas.

• Estudio de impacto ambiental, a efectos de la formulación de la declaración de impacto ambiental.

• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, a efectos de su aprobación.

• Relación de bienes y derechos afectados a efectos de la declaración de utilidad pública, que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Estos documentos permanecerán expuestos al público y podrán examinarse, durante el plazo de 30 días contados a partir de la última publicación de esta resolución o de su notificación individual, en esta dirección general (Edificio Administrativo San Caetano s/n, bloque 5-4ª planta, 15781 Santiago de Compostela), y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía e Industria de Pontevedra (avda. Fernández Ladreda, 43, 36003 Pontevedra) y de Ourense (calle Curros Enríquez, 1-4º, 32003 Ourense).

Para idénticos efectos, y durante el mismo plazo, el proyecto sectorial podrá examinarse en los ayuntamientos de Lalín (plaza del Ayuntamiento, 1, 36500 Lalín), Dozón (Médico Fernando Martínez Iglesias s/n, 36518 Dozón) y O Irixo (A Ponte, 10, 32530 O Irixo) y el estudio de impacto ambiental en esos mismos ayuntamientos, en la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental (San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela) y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de Pontevedra (avda Fernández Ladreda, 43, 36003 Pontevedra) y Ourense (calle Paseo, 18, 32003 Ourense).

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se inserta como anexo de esta resolución, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fueran omitidas, para que en el plazo y ante los órganos señalados en los dos párrafos anteriores puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Esta publicación se efectúa, asimismo, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a efectos de la notificación a los interesados cuando estos sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2012

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas

ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto del parque eólico Pico Seco

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