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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 27 de julio de 2012 Pág. 30129

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 13 de junio de 2012 por la que se autoriza la transmisión mortis causa y prórroga de un establecimiento de cultivos marinos.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión del establecimiento que se cita a continuación y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 15.2.2000, Marina Mayán Rubio (DNI 33258978-N), como heredera del titular, solicita el cambio de titularidad de la concesión administrativa de un parque de cultivo

Segundo. La interesada presentó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. En el expediente consta la siguiente documentación, referida al resultado de la información oficial:

– Informe de 21.1.2011, de la Subdirección General de Guardacostas de Galicia, de inspección del parque de cultivo.

– Propuesta de la Demarcación de Costas en Galicia, con fecha de 27.7.2011, favorable al otorgamiento del cambio de dominio y prórroga de la concesión, con el establecimiento del canon de ocupación del dominio público.

– Escrito de la Demarcación de Costas en Galicia, de fecha de 28.5.2012, aclarando el vencimiento del plazo de extinción de la concesión.

– Informe técnico biológico de 12.6.2012, de la Jefatura Comarcal de Ribeira de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Marina Mayán Rubio (DNI 33258978-N), del título administrativo habilitante y prorrogar su vigencia hasta el 29 de julio de 2018 del establecimiento de cultivos marinos (parque de cultivo), que se relaciona a continuación:

Tipo: parque de cultivo.

Especies: almeja fina, almeja babosa, almeja japonesa y berberecho.

Ubicación: lugar de Coiteliños, entre pta. Sebeira y playa de Sertaxes, término municipal de Rianxo, A Coruña.

Título habilitante: concesión.

Fecha de otorgamiento: Orden ministerial de 30.11.1956 (BOE nº 5, de 2 de enero de 1957) y Orden ministerial 7/1975, de 23 de enero (BOE nº 42, de 18 de febrero).

Superficie dominio público: 800 m2.

Fin de la vigencia: 29.7.2018.

Titular José Ramón Mayán Rey.

Nueva titular: Marina Mayán Rubio (DNI 33258978-N).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La nueva titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la solicitud o carta de pago del impuesto de sucesiones y donaciones o del impuesto de transmisiones patrimoniales, en su caso. Transcurrido el plazo indicado sin haber presentado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Segunda. La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y obligaciones del anterior concesionario.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Medio Rural y del Mar o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 13 de junio de 2012

P.D. (Resolución 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe de coordinación del Área del Mar en A Coruña