Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Jueves, 26 de julio de 2012 Pág. 29978

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la nueva subestación de Ludrio 400/132/20 kV, en el término municipal de Castro de Rei (Lugo), en la parte que se refiere a las instalaciones de distribución de energía eléctrica (IN407A 16/2011 AT).

Examinado el expediente instruido a petición de la empresa E.On Distribución, S.L., con domicilio a efectos de notificación en la calle Medio, 12, 39003 Santander, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero. Con fecha 15 de febrero de 2011, la citada empresa solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la nueva subestación de Ludrio 400/132/20 kV, presentando la preceptiva documentación a la que hace referencia el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo. Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

Dos autotransformadores AT-1 y AT-2, 400/132 kV, de 450 MVA de potencia cada uno y aparellaje asociado.

Sistema de 132 kV (con dos transformadores T-3 y T-4, 132/20 kV, de 50 MVA de potencia cada uno) asimismo en parque intemperie, formado por equipos convencionales.

Sistema 20 kV con tipología de simple barra partida, situado en interior de edificio en celdas compactas de aislamiento SF6 (doce de línea, dos de transformador para T-3 y T-4, dos de medida en barras, dos de servicios auxiliares y dos para la partición y remonte).

Ayuntamiento: Castro de Rei (Lugo).

Tercero. Con fecha 3 de febrero de 2012, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental emite informe de calificación ambiental en relación con el proyecto de referencia, en el que considera que no procede someterlo al trámite de evaluación de impacto ambiental.

Cuarto. Por Resolución de 20 de febrero de 2012 de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo, se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones eléctricas de dicho proyecto de ejecución, que se publicó en el DOG de 2 de marzo de 2012, en el BOP de Lugo de 6 de marzo de 2012, en el diario El Progreso de 4 de marzo de 2012, así como en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Castro de Rei y de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo.

Quinto. Durante el período en que se sometió a trámite de información pública no consta la presentación de alegaciones.

Sexto. Separadamente, se presentaron aquellas partes del proyecto que afectan a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otros organismos públicos o corporaciones, con el fin de que, en su caso, estableciesen el condicionado procedente.

Séptimo. Con fecha 12 de abril de 2012, E.On Distribución, S.L. presenta escrito ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo, comunicando su desistimiento de la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación, adjuntando copia del convenio de ocupación y uso del terreno firmado el 19 de marzo de 2012 con la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común Rodela de Ludrio.

Octavo. La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo.

Fundamentos de derecho.

Primero. La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia; Decreto 79/2009, de 19 de abril, y Decreto 13/2012, de 4 de enero, por los que se fija la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y de las consellerías de esta (DOG de 20.4.2009 y 5.1.2012, respectivamente), Decreto 324/2009, de 11 de junio (DOG de 17.6.2009) por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, Decreto 36/2001, de 25 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Segundo. El proyecto cumple lo dispuesto en el Reglamento sobre centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre.

Tercero. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1. Autorizar administrativamente la nueva subestación de Ludrio 400/132/20 kV, en el término municipal de Castro de Rei (Lugo), en la parte que se refiere a las instalaciones de distribución de energía eléctrica.

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita, en la parte que se refiere a las instalaciones de distribución de energía eléctrica.

3. Aceptar el desistimiento solicitado por E.On Distribución, S.L., en relación con su solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación que se cita.

Todo esto de acuerdo con las condiciones siguientes:

Primera. Las instalaciones que se autorizan tendrán que realizarse de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa, firmado por el ingeniero industrial Juan Luis Martos Arroyo, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia, delegación de Lugo, con número de registro 20/11, de 9 de febrero de 2011, y con un presupuesto de 20.708.435,72 euros.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento se deberá cumplir cuanto establecen los reglamentos técnicos de aplicación, así como demás normativas y directrices vigentes aplicables.

Cuarta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria autorización previa de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Asimismo, la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo podrá autorizar las modificaciones de detalle del proyecto que resulten procedentes, debiendo comunicar a esta dirección general todas las resoluciones que dicte en aplicación de la citada facultad.

Quinta. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.

Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo inspeccionará la totalidad de las obras y montajes efectuados y verificará el cumplimiento de los compromisos contraídos por la empresa promotora.

Sexta. Se deberá cumplir con lo recogido en la documentación ambiental presentada por el promotor, así como con lo dispuesto en el informe de calificación ambiental recogido en el antecedente de hecho tercero de la presente resolución.

Séptima. Con carácter previo a la puesta en marcha de las instalaciones, el órgano competente verificará el cumplimiento de los condicionados impuestos en esta resolución.

Octava. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones impuestas o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

Novena. Esta autorización se da sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2012

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas