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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 20 de julio de 2012 Pág. 28958

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 5 de julio de 2012 por la que se adscriben las unidades y puestos de trabajo a la Gerencia de Gestión Integrada de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras y se extingue la Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud de Ourense.

El Decreto 168/2010, de 7 de octubre, regula las estructuras de Gestión Integrada como instrumentos de organización, sin personalidad jurídica propia, en el ámbito periférico del Servicio Gallego de Salud.

Estas estructuras organizativas asumen con total autonomía funcional la gestión de los recursos, prestaciones y programas de atención sanitaria a todos los niveles.

La consecuencia de la nueva estructura periférica del Sergas, que está basada en la racionalidad de los recursos y en la creación de una organización eficaz y próxima al ciudadano, es la desaparición de la organización provincial existente hasta el momento.

La disposición transitoria primera del decreto citado establece que las actuales direcciones provinciales del Servicio Gallego de Salud se extinguirán en el momento en el que sus órganos, unidades administrativas y puestos de trabajo queden adscritos en su totalidad a la gerencia o gerencias de Gestión Integrada que correspondan, se disponga el efectivo funcionamiento de la estructura y se produzca el nombramiento de las personas responsables de las respectivas gerencias integradas.

En lo que respecta a la estructura de Gestión Integrada de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras fue nombrada la persona titular de la Gerencia de Gestión Integrada y se resolvió el inicio de actividades de la misma con fecha 25 de octubre de 2011.

Por lo tanto, procede en este momento la adscripción de las unidades administrativas y puestos de trabajo de la Dirección Provincial y su integración en la estructura de Gestión Integrada de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras, unificando de esta manera la actividad administrativa y la actividad asistencial.

En su virtud, a propuesta de la Gerencia del Servicio Gallego de Salud y haciendo uso de las facultades que me confieren el artículo 43.3 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, así como el Decreto 168/2010, de 7 de octubre,

DISPONGO:

Artículo 1. Adscripción de unidades y puestos de trabajo

Se adscriben las unidades y puestos de trabajo encuadrados en la Dirección Provincial de Ourense del Servicio Gallego de Salud a la gerencia de Gestión Integrada de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras.

Artículo 2. Extinción de la Dirección Provincial

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 168/2010, de 7 de octubre, y una vez realizados todos los trámites que se indican en la misma, la extinción de la Dirección Provincial de Ourense del Servicio Gallego de Salud se producirá el día de la entrada en vigor de esta orden.

Disposición adicional única. Modificación de la relación de puestos de trabajo

Se elaborará la modificación de la relación de puestos de trabajo que resulte de aplicación de esta orden, que se tramitará conforme a la normativa vigente.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo

Se faculta a los titulares de la Dirección de Asistencia Sanitaria, de la Dirección de Recursos Económicos y de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud para dictar, en su respectivo ámbito de competencias, cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2012

Santiago de Compostela, 5 de julio de 2012

Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad