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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 17 de julio de 2012 Pág. 28442

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2012 por la que se convoca el I Curso de Formación en Administración Local.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP convoca, en colaboración con la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) y la Dirección General de Administración Local, el I Curso de Formación en Administración Local.

1. Objetivos.

Proporcionar una formación integral sobre las instituciones básicas de derecho administrativo en su aplicación a las entidades locales, conocimiento actualizado con las últimas novedades normativas y jurisprudenciales, especialmente de ámbito local, así como autonómico, estatal y comunitario. Dichos objetivos se pretenden alcanzar desde la nueva gestión pública local, introduciendo conceptos como los de modernización, calidad y dirección por objetivos para el cumplimiento del mandato constitucional de una administración eficaz y eficiente.

El curso pretende tanto la formación del personal ya al servicio de la Administración local, actualizando y profundizando su formación, como proporcionar materiales y conocimientos para la superación de las pruebas de acceso a la función pública en el ámbito local.

2. Contenido.

El curso se estructura en dos partes, una general de 21 temas y otra específica de al menos 71 que se distribuyen de la forma siguiente:

– Régimen jurídico de las entidades locales.

– Organización y funcionamiento de las corporaciones locales.

– Procedimiento administrativo local.

– Patrimonio de las entidades locales.

– Empleo público local.

– Contratación pública.

– Urbanismo.

– Competencias locales en medio ambiente y otros sectores.

– Gestión económico-financiera y presupuestaria.

– Planificación y modernización en la Administración local.

3. Plazas: 40.

4. Destinatarios:

4.1. La mitad de las plazas (20) tiene como destinatarios a los empleados públicos de la Administración local que se encuadren en alguna de las siguientes categorías:

4.1.1. Pertenecer al grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario.

4.1.2. Pertenecer a los grupos I y II del personal laboral.

Este curso se valorará con 1 punto a aquellos alumnos que sean considerados aptos a la finalización del mismo y, por lo tanto, tengan derecho a certificado de aprovechamiento, siempre que cumplan los requisitos para la aplicación de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, de la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994, y conforme con lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los funcionarios con habilitación de carácter estatal (DOG núm. 52, de 16 de marzo).

4.2. Podrán optar a la otra mitad de las plazas (20) el personal contratado por las administraciones públicas con un contrato de servicios o equivalente, así como los profesionales que estén en posesión del título de doctor, licenciado, diplomado, grado, arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico e ingeniero técnico, así como interesados en la formación especializada en materia de régimen local o en adquirir los conocimientos para su acceso al empleo público local.

Las plazas de cualquiera de los grupos que no se cubran en su totalidad se acumularán a las del otro.

5. Pago de la matrícula.

5.1. El importe de la matrícula es ochocientos cincuenta euros (850 €), para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en el punto 4.1 y que en el desarrollo de su trabajo habitual realicen tareas que estén vinculadas directamente con la materia del curso.

El importe anterior se podrá hacer efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60% del total (510 €), se pagará al matricularse y el 40% restante (340 €), se hará efectivo entre el 1 y el 15 de febrero de 2013.

5.2. El importe de la matrícula es de mil setecientos euros (1.700 €) para los demás solicitantes.

Al igual que en el apartado anterior, este importe se podrá hacer efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60% del total (1.020 €) se pagará al matricularse y el 40% restante (680 €) se hará efectivo entre el 1 y el 15 de febrero de 2013.

El pago de la matrícula deberá efectuarse dentro de los 5 días siguientes a la comunicación por parte de la EGAP de la aceptación del alumno en el curso.

6. Forma de pago.

A EGAP comunicará al alumnado admitido en el curso el plazo así como el modo para la formalización de la matrícula.

La EGAP no procederá a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de matrícula en el caso de renuncia o abandono una vez iniciado el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción, dentro de los plazos marcados para cada caso, perderán su condición de alumnos de este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cuantías ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo para inscripción será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a tal efecto figurará en la página web de la EGAP, en la siguiente dirección: http://egap.xunta.es/cursoLocal

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

8.1. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.1:

8.1.1. Certificación pública descriptiva de las funciones que desarrolla en el puesto de trabajo, expedida por la persona que realice las tareas de certificación de la administración en la que presta sus servicios.

8.1.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular

8.2. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.2:

8.2.1. Original o copia debidamente compulsada del titulo de doctor, licenciado, diplomado, grado, arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico o ingeniero técnico.

8.2.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

Toda la documentación remitida por los solicitantes que no sea original tendrá que estar debidamente compulsada.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse siguiendo el orden establecido en esta convocatoria, presentándose la documentación exigida numerada en los términos de la misma. La no cumplimentación en los referidos términos supondrá la no valoración de los mismos.

Se podrá pedir la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en la ficha curricular deberán estar convenientemente acreditados. La no presentación de los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión del curso del solicitante previamente seleccionado.

9. Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente designada al efecto cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará los candidatos con discrecionalidad técnica e independencia con respeto a los órganos directivos de la EGAP.

Los criterios selectivos para la admisión en este curso serán los siguientes:

9.1. Para los solicitantes incluidos en el apartado 4.1, se valorarán:

9.1.1. Puesto de trabajo actual.

9.1.2. Experiencia profesional independiente y distinta de la correspondiente al actual puesto de trabajo, lo que se acreditará exclusivamente en los términos señalados en la base 8.1.

9.1.3. Formación:

9.1.3.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados como requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos de entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

9.1.3.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.1.4. Otros méritos:

9.1.4.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionadas con la materia del curso.

9.1.4.2. Premios y becas relacionadas con la materia del curso.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse en los términos consignados y serán aportados siguiendo el orden establecido en esta convocatoria, presentándose la documentación exigida numerada en los términos de la misma. La no cumplimentación en los referidos términos supondrá la no valoración de los mismos.

En todo caso, esta convocatoria se regirá subsidiariamente por los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP (DOG núm. 7, de 10 de enero de 2008).

9.2. Para los solicitantes incluidos en el apartado 4.2, se valorarán:

9.2.1. Experiencia profesional. Tendrán prioridad aquellos solicitantes que acrediten mediante certificación emitida por el organismo o entidad contratante y/o, en su caso, mediante copia del contrato, que su actividad profesional actual tiene relación directa con la materia del curso. A estos efectos se considerarán como méritos destacados los siguientes:

9.2.1.1. Contratos con instituciones o entidades públicas o personales que acrediten actividad relacionada con el objeto del curso. En este caso deberá acreditarse la fecha de inicio y finalización del contrato.

9.2.1.2. Dictámenes o informes que tengan como objeto principal cuestiones relacionadas con la Administración local.

9.2.2. Experiencia profesional independiente y distinta de la correspondiente al actual puesto de trabajo, lo que se acreditará exclusivamente en los términos señalados en la base 8.1.

9.2.3. Formación:

9.2.3.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados como requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos de entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

9.2.3.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.2.4. Otros méritos.

9.2.4.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionados con la materia del curso.

9.2.4.2. Premios y bolsas relacionadas con la materia del curso.

La comisión podrá establecer cuotas para garantizar el carácter interdisciplinario e interadministrativo en los grupos de trabajo que se establezcan, de acuerdo con las solicitudes recibidas. Asimismo, resolverá las alegaciones y reclamaciones que se pudieran suscitar.

10. Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones.

La lista de seleccionados se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es/). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11. Lista de espera.

A comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas del mismo. Las personas que no figuren en dicha lista de espera, o bien se encuentran en un puesto más alejado en la lista de reservas, o bien hayan sido excluidas por alguna de las causas establecidas en las bases de la convocatoria.

12. Certificado de aprovechamiento.

Para la superación de este curso y la obtención del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán superar dos exámenes tipo test, a cuyos efectos el contenido del curso se dividirá en una primera y una segunda parte y presentar un proyecto final, de elaboración individual. El trabajo final versará sobre una materia relacionada con la actividad objeto del curso. La propuesta de tutor y de título del trabajo individual deberá ser aprobada previamente por los directores del curso. El proyecto final deberá ser objeto de exposición pública y evaluado por un tribunal designado al efecto.

El plazo de entrega de los trabajos se fijará durante la realización del curso y será comunicado a los alumnos con la suficiente antelación. Si tras la exposición pública del trabajo individual el tribunal considera que no tiene una calidad mínima, el alumno podrá presentar de nuevo el trabajo una sola vez en la fecha que la dirección del curso le indique.

Al final de cada una de las partes del curso los alumnos deberán superar un test de 25 preguntas con cuatro posibles respuestas, de las que deberán escoger una, valorándose negativamente las erróneas y exigiéndose un mínimo del 60% del total de preguntas acertadas para la superación del test. Los alumnos habrán de aprobar la totalidad de los exámenes para obtener el certificado de aprovechamiento. Los que no superen alguno de los exámenes podrán presentarse una segunda vez antes de la lectura del trabajo individual. Los que no superen la totalidad de los exámenes podrán presentarse de nuevo en la siguiente convocatoria del curso.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, pero bajo ningún concepto podrá superar el 15% de las horas lectivas. Toda ausencia deberá ser siempre motivada y justificada ante la EGAP.

No se expedirán certificados de asistencia sin haber superado el curso.

13. Desarrollo.

El curso se desarrollará en la EGAP, calle Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, entre octubre de 2012 y mayo de 2013.

Tendrá una duración de 200 horas que se distribuirán a razón de ocho horas por semana, ordinariamente los martes en horario de 10.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 20.00 horas. Durante la celebración de este curso se llevará a cabo un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto. Los alumnos tendrán que acreditar mediante su firma su asistencia a cada una de las sesiones académicas y al taller.

14. Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa, y de resolver las cuestiones que pudieran surgir en el desarrollo de este curso, así como de cancelarlo (si el escaso número de solicitudes no justificase su realización).

Corresponde a la dirección del curso resolver las incidencias de carácter general que puedan producirse durante el desarrollo del curso.

La realización de este curso queda condicionada a la formalización de matrículas, así como al pago de al menos su primer plazo, por un importe que la dirección de la EGAP considere suficiente para la financiación del curso. En caso de que, por insuficiencia de matrículas, no sea posible a realización del curso, la EGAP procederá a la devolución de las cantidades abonadas.

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2012

Pablo Figueroa Dorrego
Director de la Escuela Gallega de Administración Pública