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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 17 de julio de 2012 Pág. 28471

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos

EDICTO (269/2008).

Procedimiento: ordinario 269/2008.

Sobre: reclamación de cantidad.

De: María José García López, Serafín García Cortizas.

Procuradora: Alma Blanco Pita.

Contra: Caja de Ahorros del Mediterráneo CAM, Dadime Gestión, S.L., Mens Legis, S.L., José Antonio García López.

Procuradores: Amparo Cagiao Rivas, Sandra Amor Vilariño, (…), Carlos García Brandariz.

En los autos de ordinario número 269/08, seguidos a instancia de la procuradora Alma Blanco Pita, en nombre y representación de María José García López y Serafín García Cortizas, contra José Antonio García López, CAM, Dadime Gestión, S.L. y Mens Legis, S.L., se ha dictado con fecha 21.10.2009 sentencia que contiene el encabezamiento y parte dispositiva que literalmente dicen:

Sentencia: 155/2009.

Betanzos, 21 de octubre de 2009.

Vistos por Nuria Fachal Noguer, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos, los autos del juicio ordinario 269/2008, en el que son partes los demandantes Serafín García Cortizas y María José García López, asistidos por el letrado Sr. Romay Roldán y representados por la procuradora Sra. Blanco Pita y los demandados, José Antonio García López, representado por el procurador Sr. García Brandariz y asistido por la letrada Sra. García Casas, la Caja de Ahorros del Mediterráneo, asistida por el letrado Sr. Iglesias Rodríguez y representado por la procuradora Sra. Cagiao Rivas, Dadime Gestión, S.L., representada por la procuradora Sra. Amor Vilariño y asistida por el letrado Sr. Conti Joch Berenguer, y Mens Legis, S.L., en situación de rebeldía procesal.

Fallo.

1) Estimando la demanda interpuesta por Serafín García Cortizas, en nombre y representación de María José García López, asistido por el letrado Sr. Romay Roldán y representado por la procuradora Sra. Blanco Pita contra los demandados, José Antonio García López, representado por el procurador Sr. García Brandariz y asistido por la letrada Sra. García Casas, la Caja de Ahorros del Mediterráneo, asistida por el letrado Sr. Iglesias Rodríguez y representado por la procuradora Sra. Cagiao Rivas, Dadime Gestión, S.L., representada por la procuradora Sra. Amor Vilariño y asistida por el letrado Sr. Conti Joch Berenguer, y Mens Legis, S.L., en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la nulidad de las escrituras públicas de poder especial otorgadas por María José García López los días 23 de marzo de 2004 y 15 de octubre de 2004, así como las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria otorgadas por José Antonio García López, en nombre y representación de María José García López, con las entidades la Caja de Ahorros del Mediterráneo y Mens Legis, S.L., los días 10 de diciembre de 2004 y 22 de mayo de 2006 y la nulidad de la escritura de cesión de crédito otorgada por Mens Legis, S.L. a favor de Dadime Gestión, S.L., en fecha 4 de septiembre de 2007, en lo que se refiere al crédito que Mens Legis, S.L. ostentaba respecto de María José García López.

En consecuencia, se ordena a Serafín García Cortizas, en su calidad de tutor de María José García López, que proceda a la devolución a los demandados Caja de Ahorros del Mediterráneo y Dadime Gestión, S.L. de las siguientes cantidades: a la Caja de Ahorros del Mediterráneo la cantidad de 36.000 € respecto del préstamo constituido con Caja de Ahorros del Mediterráneo por un principal de 144.000 euros y a Dadime Gestión, S.L. la cantidad de 7.575 euros respecto del préstamo constituido con Mens Legis, S.L. (cedido a Dadime Gestión, S.L.) por un principal de 30.300 euros.

2) Desestimo la demanda interpuesta por Serafín García Cortizas, asistido por el letrado Sr. Romay Roldán y representado por la procuradora Sra. Blanco Pita contra los demandados, José Antonio García López, representado por el procurador Sr. García Brandariz y asistido por la letrada Sra. García Casas, la Caja de Ahorros del Mediterráneo, asistida por el letrado Sr. Iglesias Rodríguez y representado por la procuradora Sra. Cagiao Rivas, Dadime Gestión, S.L., representada por la procuradora Sra. Amor Vilariño y asistida por el letrado Sr. Conti Joch Berenguer, y Mens Legis, S.L., en situación de rebeldía procesal.

Todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Esta resolución no es firme. Contra ella cabe recurso de apelación, que deberá prepararse en este juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leyó y publicó la anterior sentencia la jueza que la dictó en el día de la fecha y celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y en cumplimiento de lo acordado, para su publicación en el DOG, y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde Mens Legis, S.L., se expide el presente.

Betanzos, 10 de febrero de 2012

La secretaria