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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Viernes, 6 de julio de 2012 Pág. 27180

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 21 de junio de 2012 por la que se notifica el acuerdo de repetición por daños y perjuicios causados por incumplimiento del contrato para la prestación de un servicio integral de control logístico, centro de coordinación y teleoperación que dé soporte a la gestión operativa del servicio gallego de apoyo a la movilidad personal para personas con discapacidad y/o dependientes (CP 86/08) contra las empresas Satdata Telecom, S.L. Valedeme, S.L. y Emergency, Security and Logistic Control, S.L.

El 5 de junio de 2012 la secretaria general técnica de la Consellería de Trabajo y Bienestar dictó resolución por la que se acuerda repetir por daños y perjuicios causados por incumplimiento de contrato para la prestación de un servicio integral de control logístico, centro de coordinación y teleoperación que dé soporte a la gestión operativa del servicio gallego de apoyo a la movilidad personal para personas con discapacidad y/o dependientes (CP 86/08), solidariamente, contra las empresas Satdata Telecom, S.L., Valedeme, S.L. y Emergency, Security and Logistic Control, S.L., en la cuantía de 319.065,48 €, más los intereses legales correspondientes, en base a los hechos y razones expuestos. Todo esto sin perjuicio de que existen otras reclamaciones administrativas y/o judiciales pendientes de resolución. Mediante carta certificada y con justificante de recepción se intentó, por dos veces, la notificación de acuerdo a Satdata Telecom, S.L. De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, procede realizar la notificación de acuerdo de repetición por medio de anuncio en el tablón de edictos del ayuntamiento de su último domicilio conocido y en el Diario Oficial de Galicia. En virtud de esto, mediante esta cédula, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la referida Ley 30/1992 se cita a la empresa Satdata Telecom, S.L., para que comparezca en el plazo de 10 días contados desde el siguiente a la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos de la notificación del acuerdo de repetición por daños y perjuicios causados por incumplimiento del referido contrato, en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Trabajo y Bienestar de la Xunta de Galicia, en el edificio administrativo San Caetano, en Santiago de Compostela.

Contra el acuerdo que se notifica, se concede un plazo de 10 días hábiles para formular las alegaciones convenientes en defensa de su derecho.

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2012

P.D. (Artículo 1 de la Orden 19.8.2009)
Cristina Ortiz Dorda
Secretaria general técnica de la Consellería de Trabajo y Bienestar