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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Martes, 3 de julio de 2012 Pág. 26494

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (67/2010).

Yo, Elena María Varela Luaces, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento 67/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José María Rodríguez Lorenzo, contra la empresa Maderas Brandia, S.L., Maderas San Xusto, S.L., Ansa Moledo, S.L., Pedra Sartaña Noya, S.L, Aurelio Moledo Laranga, Maderas Moledo, S.L. y Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia, de fecha 31 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que, desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por la mercantil Maderas Moledo, S.L., estimo íntegramente la demanda interpuesta por José María Rodríguez Lorenzo frente a Maderas Molego, S.L., Aurelio Molego Laranga, Pedra Sartaña Noya, S.L., Maderas Brandia, S.L., Maderas San Xusto, S.L., Ansa Molego, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y, en consecuencia, condeno conjunta y solidariamente a Maderas Molego, S.L., Aurelio Molego Laranga, Pedra Sartaña Noya, S.L., Maderas Brandia, S.L., Maderas San Xusto, S.L. y Ansa Molego, S.L. que abonen al actor la cantidad de 5.700,00 euros, en concepto de salarios de junio, julio, cinco (5) días de agosto, extra de julio, extra de diciembre y vacaciones de 2009.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Maderas Brandia, S.L., Maderas San Xusto, S.L , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o si se trata de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2012.

La secretaria judicial