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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 15 de junio de 2012 Pág. 23548

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 13 de junio de 2012 por la que se modifica la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 27 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de los programas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2012.

En el Diario Oficial de Galicia nº 49, de 9 de marzo, se publicó la Orden de 27 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de los programas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2012.

En esta orden se agrupan los programas que tienen por objeto establecer incentivos para la creación de empleo de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, regulando en sus anexos A y B, respectivamente, los programas de integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.

El Programa de integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo recoge las ayudas a los proyectos de creación y de ampliación de la plantilla fija de personas con discapacidad y las ayudas al mantenimiento de centros especiales de empleo, excepto la subvención del coste salarial de los trabajadores con discapacidad, que es regulada en la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 11 de octubre de 2011, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 18 de octubre de 2011.

La aprobación por parte del Consejo de Ministros del Gobierno de España, en su reunión del día 30 de marzo, del proyecto de Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2012, expresa un importante esfuerzo en el control del gasto con el fin de reducir el déficit público y conseguir el objetivo de estabilidad presupuestaria, con un ajuste de 27.300 millones de euros.

Este importante ajuste supone una reducción media de casi el 17 por cien en la capacidad de gasto de los ministerios y, en el caso de las políticas activas de empleo, implica la reducción de 1.557 millones de euros para este ejercicio en el conjunto del Estado, tanto para el Servicio Público de Empleo Estatal como para los autonómicos.

La orden de convocatoria en materia de programas de integración laboral de las personas con discapacidad citada, competencia de la Dirección General de Promoción del Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, se dictó y se publicó con la correspondiente autorización del gasto con base en los créditos contenidos en la Ley 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, de acuerdo con las previsiones de fondos finalistas facilitadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Una vez aprobada por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en su reunión del día 24 de mayo de 2012, la distribución de fondos en materia laboral de los presupuestos generales del Estado para su gestión por las comunidades autónomas en el año 2012 y, en concreto, para Galicia, en materia de medidas de políticas activas de empleo, procede realizar el correspondiente y necesario ajuste en las diferentes partidas destinadas a la financiación de estas medidas, de conformidad con las normas y previsiones de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, aprobada por el Real decreto 1542/2011, de 31 de octubre, y del Plan Anual de Política de Empleo para 2012.

Por todo lo anterior y en coherencia con los principios de la política presupuestaria, que implican el necesario equilibrio entre ingresos y gastos, procede, en este momento, efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a este centro de gasto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En consecuencia y con la finalidad de poder cumplir con los objetivos de estabilidad presupuestaria de la Hacienda de la Comunidad Autónoma, esta consellería se ve obligada a adoptar medidas de reajuste de los créditos financiados con fondos finalistas de empleo autorizados para la financiación de subvenciones en el ejercicio de 2012 y a modificar las correspondientes órdenes de convocatoria, en este caso concreto en materia de programas de ayudas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1º. Programa de promoción de la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo

Para el ejercicio presupuestario 2012 se minora el importe del presupuesto inicial previsto para el programa del anexo A de la Orden de la Consellería de Trabajo y Bienestar de 27 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de los programas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2012, en la aplicación y en la cuantía siguiente:

12.04.322C.470.1. Código de proyecto 201200575: 1.100.000,00 euros.

Artículo 2º. Plazo de solicitud

Esta modificación no afecta a los plazos establecidos en la orden para la presentación de solicitudes ni tampoco afecta al resto del articulado de dicha orden.

Disposición final.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2012

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar