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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Martes, 5 de junio de 2012 Pág. 21494

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 23 de mayo de 2012 por la que se modifica la autorización del centro privado Aula Estudio, del municipio de Vigo.

La representante de la titularidad del centro privado Aula Estudio, del municipio de Vigo, solicita la modificación de la autorización consistente en la supresión del ciclo formativo de grado superior de Sistemas de Telecomunicación e Informáticos y en la autorización del ciclo formativo de grado medio de Instalaciones de Telecomunicaciones y del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Web.

La jefatura territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra remite el expediente con los correspondientes informes de acuerdo con el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por esto, por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Suprimir el ciclo formativo de grado superior de Sistemas de Telecomunicación e Informáticos, en el centro privado Aula Estudio, de Vigo.

Segundo. Autorizar el ciclo formativo de grado medio de Instalaciones de Telecomunicaciones y el ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Web, en el centro privado que se señala:

Denominación: CPR Aula Estudio.

Código del centro: 36024392.

Domicilio: c/ Santa Marta Interior, s/n.

Localidad: Vigo.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Aula Estudio Formación Práctica, S.L.

Composición resultante:

• Turno de mañana:

CM Sistemas Microinformáticos y Redes (2 unidades, 20 alumnos/as cada una).

CM Instalaciones de Telecomunicaciones (1 unidad para 20 alumnos/as).

CS Desarrollo de Aplicaciones Web (1 unidad para 20 alumnos/as).

• Turno de tarde-noche:

CM Sistemas Microinformáticos y Redes (2 unidades, 20 alumnos/as cada una).

CM Instalaciones de Telecomunicaciones (1 unidad para 20 alumnos/as).

CS Desarrollo de Aplicaciones Web (1 unidad para 20 alumnos/as).

Tercero. Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de Pontevedra, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia.

Cuarto. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2012.

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria