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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Lunes, 28 de mayo de 2012 Pág. 20190

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2012 por la que se publica la modificación del Reglamento de intercambios interuniversitarios de estudiantes.

El Consejo de Gobierno, en su sesión de 6 de febrero de 2008, acordó aprobar el Reglamento de intercambios interuniversitarios de estudiantes que fue publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de 26 de marzo de 2008.

El tiempo transcurrido desde entonces, en especial la adaptación e implantación de los estudios conforme al nuevo marco establecido por el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), y la efectividad del Real decreto 1393/2007, hacen aconsejable abordar en un futuro próximo una profunda reforma del Reglamento para adaptarlo a cada régimen o tipo de estudios.

No obstante, teniendo en cuenta que en los próximos meses se elaborarán los compromisos de estudios que deberán ajustarse al marco normativo de la matrícula del curso 2012-13, es urgente modificar algunos de los apartados del citado reglamento con la finalidad de facilitar la aplicación en el próximo curso académico del proyecto de normativa de permanencia y matrícula.

En este sentido la reforma supone una excepción, para los estudiantes que se acogen a los programas de intercambio, al régimen de matrícula contemplado en la Normativa de permanencia, tal e como se prevé en la propia normativa, y pretende regular el régimen de convocatorias para los estudios adaptados al EEES.

Por todo lo anterior el Consejo de Gobierno de 27 de abril de 2012 acordó:

Primero.

Modificar el artículo 9.9 del Reglamento de intercambios quedando redactado del siguiente modo:

Artículo 9.9.

Para los alumnos de planes anteriores al Real decreto 1393/2007, en el compromiso de estudios o acuerdo académico no se podrán incluir las materias calificadas con suspenso. De estas materias se podrán examinar en la Universidad de Santiago (USC), siempre que formalizase su matrícula dentro del plazo ordinario.

Para los alumnos de grado y máster, en el compromiso de estudios o acuerdo académico se podrán incluir materias suspensas, pero con el límite de una materia suspensa por cada curso académico transcurrido. Las materias cursadas en régimen de intercambio non pueden ser valoradas ni calificadas en la USC, excepto lo previsto en punto 10.4 de esta normativa.

El alumnado de grado y máster deberá matricularse solo de las materias establecidas en el compromiso de estudios.

Segundo.

Modificar el artículo 10.4 del Reglamento de intercambios quedando redactado del siguiente modo:

4. El alumnado vinculado a un programa interuniversitario dispondrá de las convocatorias de examen que tenga establecidas la universidad de destino. El régimen de estudios y convocatorias será el de la universidad de destino, pero se podrán presentar a la oportunidad de julio o a la convocatoria de setiembre en la USC, de aquellas materias recogidas en el compromiso de estudios o acuerdo académico que no superasen en la universidad de destino, siempre que tengan una materia equivalente en su titulación, y que lo permita la guía docente, y después de comunicación al coordinador, quien deberá informar a los profesores responsables de las materias.

Tercera.

Esta modificación será publicada en el DOG y entrará en vigor en el Curso 2012-13, sin perjuicio de que se deban tener en cuenta los compromisos de estudios que se firmen a partir de la fecha de su aprobación por Consejo de Gobierno.

Santiago de Compostela, 14 de mayo de 2012.

Juan José Casares Long
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela