La Comisión de Peticiones del Parlamento de Galicia, en su reunión de 24 de mayo de 2012, acordó que el desarrollo de las funciones del Valedor del Pueblo se realice interinamente por el vicevaledor 1.º (artículo 5.4 de la Ley 3/1994, de 18 de julio), José Julio Fernández Rodríguez.
Lo que se publica para general conocimiento.
Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2012.
Pilar Rojo Noguera
Presidenta del Parlamento de Galicia