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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Jueves, 24 de mayo de 2012 Pág. 19779

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2520/2011-S).

María Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 2520/2011-S de esta sección, seguido a instancia de Víctor Rico Parra contra la empresa Juan Manuel Vales Sánchez sobre alta médica, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que desestimamos el recurso de suplicación formulado por Víctor Rico Parra contra la sentencia dictada el 28 de enero de 2011 por el Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña en autos número 850/2010, sobre impugnación de alta médica contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Mutua Gallega de Accidente de Trabajo y la empresa Juan Manuel Vales Sánchez, resolución que se mantiene en su integridad.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que, contra la misma, sólo cabe recurso de casación para la unificación de doctrinas que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, n.º 1552 0000 80 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala n.º 1552 0000 37 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Expido y firmo para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Juan Manuel Vales Sánchez, con último domicilio conocido en A Coruña, calle Alexandre Bóveda n.º 4-2.º izquierda.

A Coruña, 30 de abril de 2012.

La secretaria judicial