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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Jueves, 10 de mayo de 2012 Pág. 17508

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2012 por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

El Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG n.º 24, de 5 de febrero), establece en su artículo 6.1 que para desarrollar la función de control de acceso deberá contarse con la habilitación de la dirección general con competencia en la materia, tras la obtención del certificado acreditativo de superar las pruebas previstas en el artículo 5 de la norma mencionada, expedido por la Academia Gallega de Seguridad Pública.

Igualmente, el artículo 2 de la Orden de 21 de abril de 2010 por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG n.º 78, de 28 de abril), establece que corresponde al director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública, mediante resolución, proceder a la convocatoria de las pruebas para la obtención de la habilitación a la que se refiere el citado Decreto 8/2010.

Como consecuencia de lo anterior, y en virtud de las competencias que me fueron conferidas

DISPONGO:

Convocatoria y régimen jurídico.

Se convocan las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Las pruebas se regirán por lo establecido en esta resolución y en las bases generales recogidas en la Orden de 21.4. 2010 (DOG n.º 78, de 28 de mayo).

Documentación de las solicitudes.

Todos/as los/las aspirantes que deseen realizar las pruebas, deberán presentar solicitud debidamente cubierta ajustada al modelo oficial que se publica en el anexo de esta resolución.

Junto con el modelo normalizado de solicitud los/las aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del DNI del/de la solicitante, en el caso de que el/la interesado/a no autorice expresamente la comprobación de los datos por medio del acceso telemático al sistema de verificación de datos de identidad del Ministerio de la Presidencia. Los/las aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en el supuesto de no pertenecer la Unión Europea, tarjeta de residencia y permiso de trabajo en vigor.

– Certificado de antecedentes penales, expedido por el Ministerio de Justicia.

– Fotocopia compulsada del curso de iniciación, perfeccionamiento o equivalentes de conocimiento básico de la lengua gallega. Los aspirantes que acrediten documentalmente este conocimiento quedarán exentos de la realización de la prueba consistente en la traducción de un texto del gallego al castellano, que se realizará juntamente con la prueba de conocimiento.

– Justificante del ingreso de la tasa, con el sello de la entidad bancaria con indicación de la fecha. En ningún caso la presentación de este justificante supondrá la sustitución de la presentación en tiempo y forma de la solicitud.

– Dos fotografías tamaño carné de identidad.

Las solicitudes se presentarán en el registro de la Academia Gallega de Seguridad Pública o a través de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.es/

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Tasa por participación en las pruebas.

Conforme dispone la Ley 6/2003, de 9 de septiembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, según la modificación introducida por la Ley de presupuestos para el año 2011, la tasa por participación en las pruebas para obtener la certificación acreditativa de la habilitación, será de 49,90 euros, que serán ingresados, mediante el modelo general de autoliquidación de tasas.

Las/los aspirantes deberán cubrir, en los apartados habilitados al efecto en el referido modelo de autoliquidación de tasas, los siguientes códigos:

Consellería de: Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Código: 04.

Delegación de Pontevedra.

Código: 40.

Servicio de la Academia Gallega de Seguridad Pública.

Código: 19.

Tasa: denominación: participación en las pruebas para obtener certificación acreditativa de la habilitación.

Código: 30.48.01.

Total: 49,90 euros.

Además las/los aspirantes cubrirán sus datos personales en los apartados reservados a tal fin en dicho modelo.

Están exentos del pago de esta tasa:

1. Las/los aspirantes que figuren inscritas/os como desempleados en el Instituto Nacional de Empleo.

2. Las/los aspirantes que tengan una discapacidad igual o superior al 33%.

En ambos casos, deberán presentar con la solicitud, certificados acreditativos de tales situaciones.

A falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión de la/del aspirante del proceso, sin que sea posible enmendar tal deficiencia en un momento posterior.

En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en las presentes pruebas, en el plazo, lugares y forma establecidas en las bases generales.

Admisión de aspirantes.

La admisión de los aspirantes se realizará en los plazos y en la forma prevista en el artículo 5 de las bases generales.

Fecha y composición del tribunal calificador.

La fecha y composición del tribunal calificador de las pruebas correspondientes a esta convocatoria se conocerán en la resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes admitidas/os a la realización de las mismas.

La actuación de las/los aspirantes tendrá lugar por orden alfabético y los mismos habrán de acudir a las pruebas portando el DNI, pasaporte o el permiso de residencia y trabajo en vigor en España.

Las pruebas se realizarán en la sed de la Agasp (avda. de la Cultura, s/n, 36680 A Estrada, Pontevedra).

Contenido y desarrollo de las pruebas.

Para obtener la habilitación de personal de control de acceso será necesario superar la prueba de conocimientos y la prueba psicológica, referidas en el artículo 7 de las bases generales.

Calificación de las pruebas.

Las pruebas se cualificarán como apto o no apto y será necesario alcanzar la calificación de apto en las dos pruebas para poder obtener la habilitación.

Aspirantes declarados/as aptos/as.

Concluidas las pruebas, el tribunal calificador hará públicas y elevará a la Dirección General de la Agasp la relación de las/los aspirantes declaradas/os aptas/los, según lo dispuesto en el artículo 10 de las bases generales.

La Dirección General de la Agasp remitirá a la Dirección General de Urgencias e Interior, el listado definitivo de las/los aspirantes declaradas/los aptos/las y procederá a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, en el tablón de anuncios de la Agasp y en su página web http://agasp.xunta.es/

Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo establecido en el artículo 115, de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 17 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de creación de la Academia Gallega de Seguridad Pública.

A Estrada, 2 de mayo de 2012.

José Carlos García Bouzas
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

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