Con fecha 15 de marzo de 2012 la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó el acuerdo de inicio del expediente sancionador número 2012047TA-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Club Condor, con CIF B16199774, como titular del establecimiento Club Condor.
Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Club Condor, como titular del establecimiento Club Condor, el contenido de la referida propuesta que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de la misma.
Asimismo, se le hace saber el derecho que lo asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante este jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el edificio administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, n.º 43, 1.ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.
Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al/a la interesado/a, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Pontevedra, 16 de abril de 2012.
Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra
ANEXO
Número del expediente: 2012040TA-PO.
Denunciado: Club Condor, con CIF B16199774, como titular del establecimiento Club Condor.
Último domicilio conocido: calle Balteiro, n.º 55, Petelos, 36416 Mos (Pontevedra).
Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Preceptos presuntamente infringidos:
– Disposición adicional tercera: «En los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco ...».
– Artículo 7: «Se prohíbe fumar ..., en: u) Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados».
Tipificación: dos infracciones administrativas, una tipificada como leve y otra tipificada como grave en el artículo 19.2.d) y 19.3.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medias sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Sanción propuesta: seiscientos setenta y seis euros (676 €).