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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Miércoles, 2 de mayo de 2012 Pág. 16026

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 3 de abril de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012054TA-CO por infracciones en materia sanitaria.

En fecha 14 de marzo de 2012, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de A Coruña dictó acuerdo de inicio de expediente sancionador 2012054TA-CO, incoado a Alberto Sáenz-Chas Pérez.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 5 del citado artículo, se notifica a Alberto Sáenz-Chas Pérez el contenido del referido acuerdo de inicio que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante la jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de la jefatura territorial, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que, en el caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Real decreto 1398/1993.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 3 de abril de 2012.

Emma Rego Valcarce
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

N.º expediente: 2012054TA-CO.

Interesado: Alberto Sáenz-Chas Pérez.

DNI/NIF/CIF: 47386734-H.

Última dirección conocida: Riego de Agua, 7-2.º; 15001 A Coruña.

Hecho/s imputado/s: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículo/s infringido/s: a) Artículo 35.a.1) de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad y artículo 41.a) y h) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. b) Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y regulador de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, en sus artículos: artículo 7. Prohibición de fumar. Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las comunidades autónomas, en: d) Centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes. Artículo 19. Infracciones 1. Las infracciones por incumplimiento de lo previsto en esta ley se clasifican en leves, graves y muy graves. 2. Se considerarán infracciones leves: fumar en los lugares en que exista prohibición o fuera de las zonas habilitadas al efecto.

Tipificación provisional: leve.

Sanción propuesta: 30 €.