De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), se notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura de Coordinación del área del Mar-Vigo, c/ Concepción Arenal, 8.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000922-5.
Denunciado: Adriano Ferreira Guimaraes.
DNI: 3013995-Y.
Dirección: calle de A Campainha, Rio Tinto 4435-140, Gondomar (Portugal).
Precepto infringido: 137.B.2, 137.B.13.
Sanción: 302 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000967-5.
Denunciada: Isabel Jueguen Torrado.
DNI: 35445293-Q.
Dirección: Progreso 93-3.º O, bloque 1, Sanxenxo (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.A.1, 137.B.2.
Sanción: 801 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/001111-5.
Denunciada: Margarita Bamio Piñeiro.
DNI: 76810276-M.
Dirección: Johan Carballeira n.º 20-3.º A, Vigo (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 300 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/001142-5.
Denunciado: Juan José Durán Domínguez.
DNI: 36057534-C.
Dirección: paseo Marítimo 19-bajo A, Vigo (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 1.000 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/001144-5.
Denunciado: Berenguer Crespo González.
DNI: 77006343-C.
Dirección: calle eidos n.º 27, Bahiña-Baiona (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 500 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/001266-5.
Denunciado: Juan Carlos Rodríguez Rodríguez.
DNI: 36100764-X.
Dirección: calle Areas n.º 22, Sabarís-Baiona (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 1.000 euros.
De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG n.º 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en dicha jefatura de coordinación de la Consellería de Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.
Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.
Vigo, 9 de abril de 2012.
Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra