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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 25 de abril de 2012 Pág. 15235

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 3 de abril de 2012, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social 2010/0508-1.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, mediante esta cédula se le notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador en materia de seguridad y salud laboral.

Se hace saber que dicha resolución pone fin a la vía administrativa y el interesado puede formular contra ella recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde su publicación, ante el órgano judicial que resulta competente por aplicación y de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se le advierte que tendrá que pagar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la correspondiente jefatura territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta, en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, dentro del plazo de pago del período voluntario, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2012.

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales

ANEXO

Empresa: Ebisu Business, S.L.

Dirección: CC Doce Vita, s/n. C/ Newton, parc. 17. 15008 A Coruña.

N.º de expte.: 2010/0508-1.

Acta de infracción: 154401/2010/1/H.

Fecha de resolución de la dirección general: 7 de diciembre de 2011.

Preceptos infringidos: artículo 30 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y artículo 10 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención de riesgos laborales.

Preceptos sancionadores: artículo 12.15.a) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Sanción impuesta: 3.500 €.