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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Lunes, 16 de abril de 2012 Pág. 13514

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (583/2011).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el proceso seguido a instancia de Paloma Gutiérrez Rivas contra White-Wise Corporation, S.L., en reclamación por despido, registrado con el número 583/2011 se ha acordado notificar a White-Wise Corporation, S.L., en ignorado paradero, el fallo de la sentencia:

«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Paloma Gutiérrez Rivas contra la empresa White-Wise Corporation, S.L., declaro improcedente el despido del que ha sido objeto el 10.5.2011 y condeno a la empresa a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir a la demandante en su puesto de trabajo o indemnizarla por la extinción de la relación laboral con la cantidad –salvo error u omisión– de mil trescientos seis euros y veinte céntimos (1.306,20 €), con abono, en todo caso, de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, en cuantía de cuarenta y tres euros y cincuenta y cuatro céntimos (43,54 €) diarios. Debe poner en conocimiento del juzgado, en el plazo antes dicho, si opta o no por las readmisiones.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta a nombre de este juzgado acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones a nombre de este juzgado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso».

Y para que sirva de notificación a White-Wise Corporation, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la provincia.

A Coruña, 22 de marzo de 2012.

La secretaria judicial