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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Miércoles, 11 de abril de 2012 Pág. 12918

IV. Oposiciones y concursos

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2012, de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Medio Rural y del Mar, por la que se convoca la realización de las pruebas físicas y de agudeza visual a los integrantes de las listas reguladas por el Decreto 5/2007, de 25 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, correspondientes a determinadas categorías de personal laboral de los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales y de personal del Pladiga.

La base 9.ª de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 30 de enero de 2007, establece que para poder ser contratados en las categorías de técnico superior de defensa contra incendios forestales, técnico forestal de defensa contra incendios forestales, jefe de cuadrilla, conductor de motobomba, peón conductor y peón de defensa contra incendios forestales, es requisito imprescindible la superación de una prueba de aptitud física: prueba del banco, que consistirá en subir y bajar de un banco de 40 cm de altura para los hombres y 33 cm para las mujeres, a razón de 90 movimientos por minuto (22,5 veces minuto) durante un período de 5 minutos, siendo necesario para ser considerado apto obtener como mínimo los parámetros de capacidad aeróbica por la aplicación de los resultados de la edad, peso y pulsaciones según las tablas propias de esta prueba: 38 puntos, excepto en el caso de los conductores de motobomba, que será de 35 puntos. Y para poder ser contratado en las categorías de vigilante fijo y vigilante móvil es requisito imprescindible la superación de una prueba de agudeza visual en la que también el resultado es apto o no apto.

Por otro lado el Acuerdo de 23 de marzo de 2012, entre la Consellería de Hacienda y la Consellería del Medio Rural y del Mar, por el que se encomienda la gestión de determinadas materias relacionadas con las listas de contratación temporal del personal laboral dedicado a tareas de prevención y extinción de incendios forestales y del Plan de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales de Galicia (Pladiga) derivadas del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, a la Consellería del Medio Rural y del Mar, establece en la cláusula 1.a) que la organización y realización de la prueba física y, en su caso, de la de agudeza visual, a la cual deben someterse los distintos integrantes de las listas, corresponde a la Consellería del Medio Rural y del Mar.

En base a lo anterior, esta secretaría general técnica

RESUELVE:

1.º Las pruebas físicas y de agudeza visual de los aspirantes de las listas reguladas por el Decreto 5/2007, de 25 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, correspondiente a determinadas categorías de personal laboral de los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales y de personal del Pladiga, se iniciarán a las 8.30 horas del 23 de abril de 2012 en las capitales de las cuatro provincias gallegas, en los siguientes lugares:

A Coruña: Pabellón Polideportivo Monte Alto; calle Alcalde Sanjurjo, s/n, A Coruña.

Lugo: pistas deportivas Gregorio Pérez Rivera (As Pedreiras); calle Filarmónica Lucense, s/n, Lugo.

Ourense: Pabellón Polideportivo de la Comisaría de Policía. As Lagoas, s/n, Ourense.

Pontevedra: Pabellón Municipal de los Deportes; calle Juan Manuel Pintos, s/n, Pontevedra.

2.º La fecha de realización de las pruebas será determinada por el orden alfabético de apellidos de los aspirantes y será la siguiente para cada provincia:

Fecha

Letra apellido

23 de abril de 2012

A-B-C-D

24 de abril de 2012

E-F-G-H-I

25 de abril de 2012

J-K-L-M-N-Ñ

26 de abril de 2012

O-P-Q-R

27 de abril de 2012

S-T-V-W-X-Y-Z

Los aspirantes podrán consultar el día y el lugar de realización de las pruebas en la página web de la Consellería del Medio Rural y del Mar: http://medioruralemar.xunta.es

A partir del día de inicio de las pruebas, se expondrá en los lugares de realización de las pruebas, así como en los distritos forestales de cada provincia, la relación de los aspirantes con indicación de la fecha de realización correspondiente.

3.º Los aspirantes realizarán las pruebas en la provincia del domicilio indicado en su solicitud de inscripción en las listas. Los que tengan el domicilio fuera de Galicia podrán realizar las pruebas en cualquiera de las provincias en que pretendan trabajar.

4.º Dado que la vigencia de las pruebas es anual, están obligados a realizar estas pruebas todos los aspirantes.

5.º Los aspirantes deberán acudir a la realización de la prueba provistos del DNI y de un certificado médico oficial o informe sobre el estado de salud, firmado por un colegiado en ejercicio en el que se haga constar que no presenta enfermedad o discapacidad que impida el correcto desarrollo de una prueba de esfuerzo físico. Dicho certificado habrá de tener una antigüedad máxima de 3 meses respecto de la fecha de realización de la prueba.

6.º La realización de las pruebas estará coordinada por una comisión provincial compuesta por dos representantes de la Consellería del Medio Rural y del Mar y un representante de las organizaciones sindicales. Asimismo, se podrá nombrar personal colaborador de las comisiones.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2012.

Francisco José Vidal-Pardo Pardo
Secretario general técnico de la Consellería del Medio Rural y del Mar