Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE n.º 12, de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a la interesada el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de ella.
De conformidad con lo previsto en el artículo 38.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se le concede a la interesada un plazo de quince días hábiles, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente cédula en el Diario Oficial de Galicia, para que pueda formular las alegaciones y presentar documentación que considere pertinente, ante esta jefatura territorial.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situadas en la ronda de la Muralla, n.º 70 bajo, en Lugo, y a obtener, en su caso, copia de éste, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lugo, 12 de marzo de 2012.
Antonio Dacal López
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
N.º de expediente: TR343A 2007/40-2.
Nombre: Onte, S.A.
DNI/NIF: A-78358736.
Último domicilio conocido: San Xulián da Veiga, s/n. 27614 Sarria, Lugo.
Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija al trabajador contratado al amparo de este programa, por un período mínimo de tres años.
Precepto infringido: base novena, punto 2 del anexo A de la Orden de 6 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras del programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad.
Contenido de la resolución: inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda.