De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar, c/ Concepción Arenal, 8.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000846-5.
Denunciado: Juan Andrés Juan Fernández.
DNI: 35242198-B.
Dirección: Verducido-Xeve (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 200 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000854-5.
Denunciado: Manuel Pérez Fojo.
DNI: 35452253-F.
Dirección: Fermín Bouza Brey, 7-5.º C, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 302 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000899-5.
Denunciado: Jorge Capa Iglesias.
DNI: 52498796-P.
Dirección: Alemania 60-2.º, Campos de Monteporreiro, Pontevedra.
Precepto infringido: 137.B.2, 137.B.5.
Sanción: 351 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/000950-5.
Denunciado: Gonzalo Reirís Pérez.
DNI: 35447813-Y.
Dirección: General Yagüe 1Pab.izq., Trabanca-Sardiñeira, Carril-Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 151 euros.
N.º de expediente: PESAN1 2011/001135-5.
Denunciado: Sergio Cacheda Gómez.
DNI: 77400317-G.
Dirección: Progreso, 95, Sanxenxo (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 151 euros.
De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG n.º 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario, los interesados deberán recoger en dicha jefatura de coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.
Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.
Vigo, 16 de marzo de 2012.
Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra