Juan Rey Pita, secretario de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que, en el proceso seguido a instancia de Carlos Balado García, Germiniano Cancelo Golpe, José Francisco Pasandín Fariña contra Arquithecnic Galicia, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el número 279/2010, se ha dictado la siguiente sentencia:
«En la ciudad de A Coruña a 22 de febrero de 2012.
Carlos Villarino Moure, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Carlos Balado García, Germiniano Cancelo Golpe, José Francisco Pasandín Fariña, que comparece en su nombre y representación el letrado Pedro Pedreira Candal, y de otra como demandado Arquithecnic Galicia, S.L., que no comparece pese a estar citado en legal forma.
Que, estimando la demanda formulada por José Francisco Pasandín Fariñas, Carlos Balado García y Geminiano Cancelo Golpe, contra la empresa Arquitecnic Galicia, S.L., condeno a la misma a abonarle la cantidad de 481,36 euros a José Francisco Pasandín Fariñas, 347,17 euros a Carlos Balado García y 481,36 a Geminiano Cancelo Golpe, que les adeuda en concepto de salarios y demás conceptos.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación a Arquithecnic Galicia, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 29 de febrero de 2012.
El secretario judicial