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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 7 de marzo de 2012 Pág. 8378

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (805/2009).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en la sentencia dictada el día 14.2.2012, en el proceso seguido a instancia de Rene Limonta Reyes contra Electrocomunicaciones Galicia, S.L. y Fogasa y en reclamación por cantidad, registrado con el número 805/2009, se ha acordado notificar a Electrocumunicaciones Galicia, S.L. la siguiente sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen lo siguiente:

«Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Sentencia n.º 88/12.

N.º de autos: demanda 805/2009.

En la ciudad de A Coruña, 14 de febrero de 2012.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del juzgado y localidad o provincia A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Rene Limonta Reyes, que comparece asistido del letrado Sr. Martínez Vázquez, y de otra como demandado Electrocomunicaciones Galicia, S.L. y Fogasa, que no comparecen pese a estar citados en legal forma.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el actor Rene Limonta Reyes, debo condenar y condeno a la empresa Electrocomunicaciones Galicia, S.L. a que abone al actor la cantidad de 3.525,12 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad.

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Electrocomunicaciones Galicia, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 17 de febrero de 2012.

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial