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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 5 de marzo de 2012 Pág. 7869

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (878/2009).

Elena María Varela Luaces, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de demanda 878/2009 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Román Barros Paz contra la empresa Alfer Seguridad y Control, S.L., sobre ordinario, fue dictada la siguiente sentencia en la fecha de dos de diciembre de dos mil once, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Por lo expuesto, estimo la demanda interpuesta por la parte actora, Román Barros Paz, y condeno a la parte demandada, entidad Alfer Seguridad y Control, S.L., a abonar a la parte actora la cantidad de 6.707,01 euros, más el 10% de mora, y condeno el Fogasa a estar y pasar por esta resolución.

Esta resolución se notifica a las partes haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia en el plazo de 5 días, e indicando que para poder acceder al recurso la demandada deberá exhibir ante este juzgado el comprobante de haber depositado en la cuenta de este juzgado del social con número identificador 1589, abierta en el banco Banesto la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60), pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que se deberá hacer constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta (clave de ingreso 65) la cantidad de 150,25 euros preceptiva para recurrir; sin este cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación de forma legal a Alfer Seguridad y Control, S.L., en paradero desconocido, expido esta cédula de notificación para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que tengan forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamientos.

Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2012.

La secretaria judicial