Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Eléctrica de Cabañas, S.L.
Domicilio social: c/ O Areal, 53-B, 15621 Cabanas.
Denominación: L.M.T.S., C.T. y R.B.T. Castro.
Situación: ayuntamiento de Cabanas.
Características técnicas:
– Línea de media tensión subterránea a 15 kV, con una longitud de 101 m, con inicio en el paso aerosubterráneo a realizar en el apoyo n.º 7 existente de la L.M.T. Atallo-A Pena (expediente 27.330) donde actualmente se realiza el paso aerosubterráneo de la L.M.T. que alimenta al C.T. Castro (expediente 489/04), conductor tipo R.H.Z.1-2OL-12/20 kV-3(1×95Al) y final en la celda de línea proyectada en el C.T. Castro.
– Centro de transformación prefabricado, con una potencia de 160 kVA y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.
– Red de baja tensión subterránea con origen en el C.T. Castro proyectado, con una longitud de 370 m, conductor X.Z.1-0,6/1 kV-4 (1×240 Al).
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE n.º 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE n.º 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 14 de febrero de 2012.
Por vacante (Artículo 39.3 del Decreto 324/2009, DOG n.º 117, de 17 de junio)
Isidoro Martínez Arca
Jefe del Servicio de Administración Industrial