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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 28 de febrero de 2012 Pág. 7282

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 26 de enero de 2012, de la Jefatura Territorial de Pontevedra da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se notifica a las personas interesadas que se indican en el anexo el acuerdo de inicio del procedimiento de desahucio por ocupación sin título legal DT-001/12.

De conformidad con los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se les notifica a las personas interesadas el acuerdo de inicio del procedimiento de desahucio por ocupación sin título legal que se detalla en el anexo.

Pontevedra, 26 de enero de 2012.

José Luis Díez Yáñez
Jefe territorial de Pontevedra de la Consellería de Medio
Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ANEXO

Expediente: DT-001/12.

Nombre: comunidad hereditaria de Peregrina Tajes Justo.

Dirección: calle Alemania, 57, 3.º C, Monteporreiro, Pontevedra.

Asunto: notificación del acuerdo de inicio del procedimiento de desahucio por ocupación sin título legal DT-001/12.

Recursos: de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los interesados disponen de un plazo de quince días, que se contarán a partir del siguiente al de la publicación de este acuerdo, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretendan valerse. Podrán también reconocer expresamente su responsabilidad mediante la entrega de las llaves de la vivienda.

Se advierte a los interesados que, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de inicio se podrá considerar propuesta de resolución.