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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 27 de febrero de 2012 Pág. 7048

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de febrero de 2012 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 21 de febrero de 2011 recaída en el expediente IU1/18/2010, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinataria ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 19 de enero de 2012, la resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por Marina Prados Suárez, contra la Resolución de 21 de febrero de 2011, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en relación con la instalación de una vivienda prefabricada en el lugar de Pena Galluda, en el término municipal de Ferrol, provincia de A Coruña; y se estima en relación a que no resultó probada la existencia de una parcelación urbanística en suelo rústico, anulando, en consecuencia, la resolución recurrida en este extremo. Asimismo, se estima el recurso y, en consecuencia, se anula la resolución recurrida en el extremo relativo a la orden de demolición de las obras consistentes en la construcción de un pozo; un cobertizo para el generador; una perrera; un cobertizo; y una solera de hormigón de 9,00 m2 situada en la entrada de la parcela, ya que respecto de las mismas ha transcurrido el plazo para el ejercicio de la acción de reposición de la legalidad urbanística.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a la citada interesada, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la citada interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el edificio Witland, 1.ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2012.

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística