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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 27 de febrero de 2012 Pág. 7050

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de febrero de 2012 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición contra la Resolución de 7 de febrero de 2011, del expediente sancionador 71.5/96, devuelta por el servicio de Correos por resultar su domicilio desconocido.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística resolvió, el 19 de enero de 2012, desestimar el recurso potestivo de reposición interpuesto por Arturo Garrido Rodríguez contra la Resolución de 7 de febrero de 2011, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sobre imposición de una tercera multa coercitiva como consecuencia del incumplimiento de lo ordenado en las resoluciones de 30 de abril de 1997, de 15 de febrero de 2010 y de 22 de junio de 2010, por las que se ordena la demolición de las obras consistentes en la construcción del cierre de una estructura existente de planta baja y adición de un ático, en el lugar de la playa de Babeceira-Lourido, en el ayuntamiento de Poio y, en consecuencia, confirmar la resolución recurrida.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución del recurso de reposición, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el edificio Witland - Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe inteponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2012.

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística