Advertidos errores en la referida orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 32, de 15 de febrero de 2012, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
En la página 5952, en el artículo 5.1, sobre autorización de datos del documento nacional de identidad de la persona solicitante y de su cónyuge o pareja, donde dice: «anexo I», debe decir: «anexo IV».
En la página 5952, en el artículo 5.2, sobre los anexos que tienen que presentar las personas anteriormente beneficiarias, donde dice: «anexo I», debe decir: «anexo I, III y IV».
En la página 5953, en el apartado b) del artículo 6.2, donde dice: «anexo II y III», debe decir: «anexo II, III y IV».
Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.