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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2012 Pág. 6441

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2012, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, por la que se delega en los titulares de los servicios de coordinación del área cultural de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria el ejercicio de determinadas competencias.

La Dirección General del Patrimonio Cultural desarrolla un gran volumen de la actividad administrativa originada en las competencias que la normativa le atribuye.

Con el fin de evitar una concentración excesiva del trabajo y lograr una mayor agilidad administrativa que redunde en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, se hace conveniente que, dentro del respecto a los principios informadores de la actuación administrativa y con sujeción a la normativa legal vigente, se delegue en las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria el ejercicio de determinadas competencias.

Estas competencias aparecen reflejadas, entre otros, en el artículo 28.3 del Decreto 45/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria; en los artículos 32, 37, 41, 43, 44, 47, 48, 52, 54, 56, 57, 58 y 61 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, y en los artículos 1.1.º.a), 1.2.º y 3.1.º del Decreto 199/1997, de 10 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, previa autorización del titular de la Secretaría General de Cultura, dispongo delegar en las personas titulares de los servicios de coordinación del área cultural de las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria las siguientes competencias:

1. Autorizar los proyectos de obras e intervenciones que afecten a los bienes incluidos en el Inventario general del patrimonio cultural de Galicia, sometidos al informe de las comisiones territoriales del patrimonio histórico gallego, de conformidad con el artículo 2.a) del Decreto 39/2007, de 8 de marzo, por el que se regula la composición y funcionamiento de las comisiones territoriales del patrimonio histórico gallego, modificado por el Decreto 103/2010, de 17 de junio, así como aquellos otros relativos a obras de entidad menor que se proyecten sobre dichos bienes o en sus entornos de protección.

2. La autorización e informe relativas a las intervenciones que afecten a conjuntos históricos declarados bienes de interés cultural que hayan aprobado un plan especial de protección, cuando éste establezca expresamente la necesidad de obtener la autorización o informe favorable del órgano autonómico competente en materia de patrimonio cultural.

3. Autorizar las actuaciones arqueológicas preventivas (controles, prospecciones, sondeos y excavaciones) derivadas de los proyectos de obra o planes que afecten al patrimonio cultural y a su entorno que sean exigidas por los informes y autorizaciones aprobados en la jefatura territorial, de conformidad con esta resolución, las que determinen las figuras de planeamiento especial aprobadas en los conjuntos históricos y las que deriven de las determinaciones adoptadas en relación con las propuestas de los departamentos territoriales en la tramitación de los expedientes informados por la Subcomisión de Conservación del Patrimonio Histórico-Artístico de la Iglesia Católica en Galicia y de los instrumentos de planeamiento.

4. Adoptar, en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para salvaguardar los bienes del patrimonio cultural de Galicia que se vean amenazados.

La Dirección General del Patrimonio Cultural podrá avocar para sí en cualquier momento el ejercicio de las competencias delegadas en esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la citada Ley 30/1992.

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las concedió.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2012.

José Manuel Rey Pichel
Director general del Patrimonio Cultural