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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 17 de febrero de 2012 Pág. 6254

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Foz

ANUNCIO de aprobación definitiva del estudio de detalle.

Por Acuerdo del Pleno, de fecha 29 de diciembre de 2011, se aprobó definitivamente el estudio de detalle referido a la determinación de la alineación oeste de un tramo de la travesía de Colón, comprendido entre las calles Emilia Pardo Bazán y Marinero Chila, lo que se publica a los efectos del artículo 92 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

«3. Aprobación definitiva del estudio de detalle de determinación de alineación oeste de un tramo de la travesía de Colón, comprendido entre las calles Emilia Pardo Bazán y Marinero Chila, promovido por Restaurante A Marexada, S.L.

Primero. Desestimar el alegato presentado por José Ramón Varela Puga, en relación con el expediente de aprobación del estudio de detalle por los motivos expresados en el informe de los servicios técnicos, de fecha de 19.12.2011, que se transcribe en su literal:

Informe técnico

Asunto:

Estudio de detalle de determinación de la alineación oeste de un tramo de la travesía de Colón comprendido entre las calles Emilia Pardo Bazán y la calle Marinero Chila

Promotor:

Restaurante Marexada, S.L.

CIF: B-27169077

Dirección: Vigo n.º 19. Vilaronte

En relación con el asunto de referencia vistas los alegatos presentados por José Ramón Varela Puga (registro de entrada n.º 6800, de 15 de diciembre de 2011) el técnico municipal que suscribe

INFORMA:

El objeto del estudio de detalle es la señalización con madres concreción sobre la planimetría actualizada de la alineación fijada de las normas subsidiarias de planeamento municipal para la parte oeste del tramo de la travesía de Colón que discurre entre las calles Emilia Pardo Bazán y Marinero Chila.

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El estudio de detalle clarifica y concreta a alineación oeste del tramo señalado de la travesía de Colón ajustándose al grafado en la cartografía de las normas subsidiarias de planeamento municipal (que fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Superior de Urbanismo de Lugo en fecha 11.11.1981).

Y el informe que se emite, sin perjuicio de otro mejor fundado.

Segundo. Aprobar definitivamente el estudio de detalle referido a la determinación de la alineación oeste de un tramo de la travesía de Colón, comprendido entre las calles Emilia Pardo Bazán y Marinero Chila.

Tercero. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia, y el texto de los documentos que lo integran así como el índice de planos del estudio de detalle en el Boletín Oficial de la provincia.

Cuarto. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el estudio de detalle.

Quinto. Comunicar a la consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio la aprobación del estudio de detalle de referencia al tiempo que se le da traslado de una copia autenticada de dos ejemplares del, incluso con todos los planos y documentos que lo integran.

Sexto. Facultar al alcalde presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos y en general para todo el relacionado con este asunto».

Contra el acuerdo del pleno, que ponen fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente el recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante lo Pleno de este Ayuntamiento de Foz, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley de régimen jurídico y procedimiento administrativo común, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produjese su desestimación por silencio. Todo eso sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquiera otro recurso que estime pertinente.

Foz, 9 de enero de 2012.

Javier Jorge Castañar
Alcalde presidente