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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 17 de febrero de 2012 Pág. 6202

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Gijón

EDICTO (744/2011).

Carmen Villar Sevillano, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Gijón, hago saber que en el procedimiento p. oficio autoridad laboral 744/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de la Delegación del Gobierno en Asturias contra la empresa Bar Casa Prendes, S.L., Carlene da Silva Santos, Joseline Dias Mota, Gyrlane Jeronimo da Silva, Mishell Alfonsina del Mar Morfe de la Cruz, Jackeline Lelia da Silva, Grismele Johanny Alcántara Molina, sobre proced. oficio, se ha dictado sentencia, cuyo fallo se adjunta:

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra Bar Casa Prendes, S.L., declarando que entre ésta y Carlene da Silva Santos, Joseline Dias Mota, Gyrlane Jeronimo da Silva, Mishell Alfonsina del Mar Morfe de la Cruz, Jackeline Lelia da Silva y Grismele Johanny Alcántara Molina, existía relación laboral en el momento de girarse la visita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, debiendo estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe la interposición de recurso de suplicación, para su resolución por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia; para ello bastará la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante el juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro del indicado plazo.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias, y déjese testimonio de la misma en los autos principales.

Así lo pronuncio y firmo, en nombre del rey y en virtud de los poderes que me han sido conferidos por la Constitución española.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grismele Johanny Alcántara Molina, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Gijón a veinticinco de enero de dos mil doce.

La secretaria judicial