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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 16 de febrero de 2012 Pág. 6113

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1170/2009).

Marta Yanguas del Valle, secretaria de lo Social número 4 de A Coruña (refuerzo), hago saber que en el proceso registrado con el número 1170/2009 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 20 de enero de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 1170/2009, siendo demandantes Manuel Cadenas Martínez, Emilio Castelo Martelo, Juan José Bermúdez García, Elías Vázquez González y Manuel Rodríguez López, representados por el letrado Sr. Páramo Sureda, y demandada la empresa Eldema, S.L.; ha sido citado el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Manuel Cadenas Martínez, Emilio Castelo Martelo, Juan José Bermúdez García, Elías Vázquez González y Manuel Rodríguez López contra Eldema, S.L., y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Manuel Cadenas Martínez la cantidad de 4.774,20 euros, a Emilio Castelo Martelo la cantidad de 4.851,96 euros, a Juan José Bermúdez García la cantidad de 5.032,80 euros, a Elías Vázquez González la cantidad de 4.949 euros y a Manuel Rodríguez López la cantidad de 6.278,80 euros, que adeuda, cantidades que deberán incrementarse con el interés de mora del 10%.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación a Eldema, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 26 de enero de 2012.

La secretaria judicial