Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Viernes, 10 de febrero de 2012 Pág. 5626

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (883/2009).

Elena María Varela Luaces, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de demanda 883/2009 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosario Romarís Lens contra la empresa Cerne Comercio del Mueble, S.L., sobre ordinario, se dictó la siguiente sentencia en la fecha de 8.11.2011 la magistrada jueza María Paz Filgueira Paz, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Por lo expuesto, estimo la demanda interpuesta por la parte actora Rosario Romarís Lens, y condeno a la parte demandada, la entidad Cerne Comercio del Mueble, S.L., a abonar a la parte actora la cantidad de 2.554,50 euros más el 10% de mora.

Esta resolución se notifica a las partes haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de 5 días, e indicando que para poder acceder al recurso la demandada deberá exhibir ante este juzgado el justificante acreditativo de depositar en la cuenta de este juzgado de lo social, número identificador 1589, abierta en el Banco Banesto, la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60), pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en que se deberá hacer constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también depositar en la indicada cuenta (clave de ingreso 65) la cantidad de 150,25 euros preceptivas para interponer recurso, sin este cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación de forma legal a Cerne Comercio del Mueble, S.L., en paradero desconocido, expido esta cédula de notificación para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que tengan forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamientos.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2012.

La secretaria judicial