Mediante esta cédula se le notifica a la persona que se menciona en el anexo que con esta fecha resolví publicar la resolución del expediente sancionador por infracción del régimen legal de vivienda protegida, por no ser posible su notificación a través del servicio de Correos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 17 de enero de 2012.
José Manuel González García
Jefe del Área Provincial de Ourense
ANEXO
Expediente sancionador: ES.OU-4/11.
Responsable: José Miguel Romero Fuentefría.
Dirección: avenida de Vigo, bloque II, portal 1-B, 4.º C - Grupo O Pino.
Hechos imputados: dejar la vivienda protegida desocupada sin causa justa reconocida por la Administración.
Infracción: grave.
Sanción: multa de seis mil un (6.001 ) euros.