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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 27 de enero de 2012 Pág. 4118

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2012 por la que se acuerda cerrar el plazo de presentación de solicitudes de incorporación de viviendas al Programa Aluga.

Antecedentes de hecho.

1. El Programa Aluga, para el fomento del alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Galicia, regulado por el Decreto 84/2010, de 27 de mayo, contempla las condiciones, características y puesta a disposición de las viviendas, así como el procedimiento de incorporación para su posterior arrendamiento en el marco del programa.

2. El volumen de viviendas desocupadas y por lo tanto susceptibles de ceder en arrendamiento en el marco del Programa Aluga es muy elevado, situación que tiene su origen en el destacable número de viviendas desocupadas y en trámite, procedentes del extinto Programa de vivienda en alquiler, en el momento de la publicación de la normativa reguladora del Programa Aluga, a las que hay que añadir las que se fueron desocupando a lo largo de este primer año de implantación del actual programa. En este momento hay alrededor de 450 viviendas desocupadas y en torno a 550 en trámite de incorporación.

En esta situación y en el contexto del actual escenario presupuestario, se hace imprescindible adoptar medidas dirigidas a frenar la acumulación y a reducir el excedente de viviendas con el fin de ajustarlwo a los objetivos reales que se pueden alcanzar en el actual marco presupuestario. En este sentido resulta necesario cerrar el plazo de presentación de solicitudes de incorporación al Programa Aluga.

Fundamentos de derecho.

1. El Decreto 84/2010, de 27 de mayo, regula el Programa Aluga para el fomento del alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Galicia, y dedica el capítulo II del título I al procedimiento de incorporación de viviendas.

2. Concretamente, el artículo 13.2.º del Decreto 84/2010, establece que el plazo para la presentación de solicitudes de incorporación de viviendas estará abierto entre el día 1 y el 15 de los meses de enero a noviembre de cada año, y se preve que por resolución del/de la director/a general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) se podrá cerrar el plazo en determinadas mensualidades por haberse alcanzado el número de viviendas estimadas para su cesión en arrendamiento en un determinado período o en una determinada anualidad.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 317/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13.2.º del Decreto 84/2010,

RESUELVO:

Primero. Cerrar el plazo para la presentación de solicitudes de incorporación de viviendas al Programa Aluga durante doce meses.

Segundo. Podrá abrirse o prorrogarse el período de cierre del plazo de presentación de solicitudes mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de enero de 2012.

Antonio José Boné Pina
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo